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EFE
Martes, 2 de julio 2019, 01:58
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El Ayuntamiento de Alguazas deberá devolver a una empresa promotora el dinero que recibió por un convenio urbanístico al no haber cumplido dentro de plazo la obligación esencial del mismo, «que era la entrega de unos terrenos con la edificabilidad pactada». Así lo expone una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM), que especifica que la cantidad a entregar será la que resulte de descontar de la cifra de 2,3 millones de euros el importe de los gastos de urbanización de las calles adyacentes a la propiedad que le fue cedida a la parte demandante.
La Sala señala en su sentencia que el juzgado de lo Contencioso al que correspondió la demanda presentada por la promotora declaró probado que, según el convenio, esta recibiría unos terrenos a cambio de los de su propiedad que entregaba al Consistorio para la construcción de una piscina. Sin embargo, la cesión de la parcela que debía recibir a cambio no se produjo, por lo que la promotora se vio obligada a acudir a los tribunales. En su recurso, que no ha prosperado, alegó que la sentencia combatida estaba «falta de motivación» y que «era incongruente».
Por el contrario, la Sala señala que el Ayuntamiento tendrá que responder de sus actos, «porque no cumplió en plazo la obligación de entregar las fincas, a lo que se había comprometido a cambio de ceder su parcela para la construcción de la piscina».
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