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Candi Marín. Javier Carrión
El TSJ asesta otro revés a la exalcaldesa de Moratalla por su injerencia en unas oposiciones

El TSJ asesta otro revés a la exalcaldesa de Moratalla por su injerencia en unas oposiciones

El tribunal reprocha a la antigua regidora de IU que «se atribuyera una competencia que no era suya» para otorgarle la plaza a quien no ganó

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Jueves, 1 de enero 1970

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Después de un año fuera de la política activa, los ecos de la particular forma de gestión de la exalcaldesa Candi Marín, de IU, todavía resuenan por las estancias del Consistorio moratallero. Y es que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) acaba de emitir una sentencia en la que asesta un fuerte varapalo a la antigua regidora, a la que reprocha que se inmiscuyera de forma ilegítima en un concurso de méritos.

La resolución del alto tribunal murciano viene a ratificar punto por punto el fallo ya dictado, en mayo del año pasado, por el Juzgado de lo Contencioso número 2 de Murcia. Este condenó a la alcaldía de Moratalla -presidida en el momento de los hechos por Candi Marín- por haber privado a una vecina de Moratalla y hermana de una concejal del PP del puesto de trabajo que había conseguido legítimamente, conforme a su formación y méritos profesionales. El magistrado consideró que la entonces alcaldesa de IU «se extralimitó en sus funciones» e incurrió en «una injerencia en las funciones del tribunal calificador, creando una manifiesta indefensión» a la aspirante al puesto «y vulnerando sus derechos más elementales».

Ahora, la Sala del TSJ no se ha andado con mayores contemplaciones a la hora de calificar la actuación de la exrregidora de IU. Así, tras recordar que en 2015 se convocó un concurso de méritos para sustituir a la responsable del Centro Local de Empleo para Mujeres y Jóvenes, pone de relieve que debía ser el tribunal calificador el único que valorara los méritos de los distintos aspirantes. «Frente a esa obviedad se alza lo que ocurrió en realidad, acerca de la injerencia de la Administración local de Moratalla, a través de la alcaldesa, en las funciones del tribunal calificador», advierte.

Por decisión de quien era la primera edil se privó de un trabajo a la hermana de una concejal del PP

De esta forma, cuando el tribunal calificador hizo pública su decisión, que daba la plaza a la hermana de la edil popular, la entonces alcaldesa Marín reunió a los integrantes de ese órgano y les hizo saber que había detectado una desproporción en la puntuación del baremo sobre la experiencia labora. «Es la primera vez que aparece la injerencia de la regidora en el proceso selectivo, aunque advierte esta sala que no es la única», insiste el TSJ.

Restándole puntos

Además, la entonces primera edil presentó un recurso jurídico, en base al cual se procedió a anular la puntuación que se le había dado a la en ese momento ganadora de la plaza, que se quedaba así con menos puntos que otra candidata. «Como puede deducirse lógicamente, se produce el efecto de que otra aspirante sea la contratada por el efecto de haber reducido la puntuación de la primera», reflexiona el alto tribunal en su resolución.

A modo de conclusión, la Sala señala que «lo que se hace con la cobertura de ese informe técnico es suplantar la función propia del tribunal y, como resultado práctico, otorgar la plaza a una persona distinta de la que el tribunal valoró». Y reprocha que «es del todo irregular y no conforme a Derecho que esto lo haga la alcaldía», por lo que deja sentado que si «la alcaldesa se atribuyó una competencia que no era suya, es cierto que las resoluciones administrativas arbitrarias o erróneas deben ser revisadas por los tribunales de justicia».

El TSJ ratifica así la sentencia que daba la razón a la aspirante rechazada por Marín y condena al Consistorio a pagar las costas del proceso. La sentencia es todavía recurrible ante el Supremo.

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