Dos cámaras de televisión graban la cantera en la que se produjo el accidente en octubre de 2015. ALFONSO DURÁN

Absueltos los encargados de una cantera de Cehegín por la muerte de un trabajador

El juez critica el informe pericial de Minas y afirma que no hubo culpa de la compañía por el desprendimiento de un bloque de piedra que aplastó al obrero en 2015

Domingo, 28 de noviembre 2021, 08:27

No hubo negligencia o imprudencia de la empresa, ni la muerte de un empleado de una cantera de mármol de Cehegín, en 2015, se debió a una deficiente señalización o a la falta de limpieza de la zona de trabajo. Así lo establece el magistrado del Juzgado de lo Penal número 1 de Murcia, Julio Guerrero Zaplana, quien en una reciente resolución absuelve a los cuatro responsables de esa explotación minera que estaban acusados y para quienes la Fiscalía y la acusación particular solicitaban penas de entre un año y medio y cuatro años de prisión por un delito de homicidio imprudente.

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Los hechos que se han enjuiciado en este órgano se produjeron el 17 de octubre de 2015, en la cantera Pollo Miñano de Cehegín, dedicada a la extracción de bloques de mármol. Hacia las 10.45 horas de la mañana, el trabajador M.N.A., de 49 años de edad, recibió en la cabeza el impacto de un trozo de piedra de casi 3,5 toneladas, que se desprendió del bloque que estaba cortando y le causó la muerte en el acto. En ese instante fatídico, el obrero estaba tratando de recuperar el hilo de diamante con el que estaba seccionando un enorme bloque de mármol, ya que se le había quedado atrancado.

Tanto el Ministerio Público como la acusación particular, ejercida en nombre de los familiares del fallecido, se presentaron en la vista con una buena baza a su favor: el informe pericial realizado por la Dirección General de Minas y un acta de infracción, en los que se establecía que en el accidente mortal podían haber incurrido dos faltas atribuibles a los encargados de la cantera. Una de ellas se refería a la falta de la adecuada señalización en la zona donde se encontraba el trabajador; y la otra, a la ausencia de la obligada limpieza del área y del propio bloque de mármol, que de haber sido exhaustiva habría permitido en apariencia detectar la grieta que provocó el desprendimiento de un trozo.

La Fiscalía y la acusación particular pedían entre año y medio y cuatro años de prisión para cada uno de los cuatro acusados

Conclusiones descartadas

Las conclusiones oficiales han sido rechazadas de manera contundente por el magistrado Guerrero, que deja constancia en su sentencia de que «no se está en absoluto de acuerdo con el informe de la Dirección General de Minas sobre la causa del accidente».

Para empezar, descarta que esa supuesta falta de señalización tuviera algo que ver con el siniestro, ya que el área superior de la zona de extracción sí estaba correctamente balizada, mientras que la inferior, aun siendo cierto que no existía, solo tenía sentido desde un punto de vista normativo «para evitar que los trabajadores no autorizados puedan penetrar en esa zona». Y el juez remarca que nadie «no autorizado» entró allí, ya que solo se encontraba en el lugar la única persona que podía estar allí: el empleado que acabó muriendo.

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Por lo que se refiere a una posible falta de limpieza de ese área de trabajo y del bloque de mármol, indica Julio Guerrero que el hecho de que durante la inspección –realizada varios días después del accidente– se apreciara la existencia de lodo no confirma en absoluto ese déficit de limpieza. De hecho, tras haberse documentado al respecto, incluso analizando vídeos en internet sobre este tipo de extracciones mineras, afirma que «lo que ocurre es que el trabajo de la propia máquina de corte con hilo diamantado produce polvo –por el rozamiento–, que se intenta reducir con agua para evitar además que el cable se recaliente. Y esto es lo que produce el lodo que el perito encontró».

«No es creíble»

El magistrado admite que ello no descarta que la limpieza pudiera no haber sido totalmente exhaustiva, pero advierte de que es imposible saber a ciencia cierta hasta qué punto se acometió esa tarea. «No es creíble que no se limpiara», afirma, dejando constancia de que la empresa es la más interesada en detectar posibles grietas, a fin de evitar la pérdida de valor del producto.

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En base a todo ello, concluye que no es posible vincular el accidente mortal con una posible dejadez o imprudencia de los cuatro acusados, por lo que los absuelve con todos los pronunciamientos favorables.

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