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Ciudad de la Justicia de Murcia, en una fotografía de archivo. Nacho García / AGM
Un juzgado exonera una deuda de 35.000 euros a un autónomo obligado a cerrar su negocio

Un juzgado exonera una deuda de 35.000 euros a un autónomo obligado a cerrar su negocio

El juez resuelve que cumple con todos los requisitos para acogerse a la ley de Segunda Oportunidad y le permite empezar de cero financieramente

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Jueves, 5 de mayo 2022, 12:11

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El juzgado de Primera Instancia número 8 de Murcia ha cancelado la deuda de 35.000 euros que un autónomo había contraído durante varios años con varias entidades financieras. La exoneración del pasivo fue posible gracias a la ley de Segunda Oportunidad, aprobada en 2015, y a la labor de los abogados de la asociación de Ayuda al Endeudamiento. Además, la sentencia emitida por el juez le permite empezar de cero financieramente y montar un nuevo negocio si lo desea.

El autónomo, C.R., residente en Murcia, trabajaba desde 2017 por cuenta propia como consultor informático. Tras un buen comienzo, sus ingresos no evolucionaron como él esperaba y decidió solicitar un préstamo para hacer crecer el negocio.

La facturación, no obstante, no aumentó todo lo esperado y aparecieron problemas de solvencia para afrontar los pagos de los créditos, proveedores y obligaciones fiscales.

Esa situación le obligó en 2019 cesar su actividad empresarial y buscar trabajo por cuenta ajena. A pesar del esfuerzo que hizo por compensar a Seguridad Social y Hacienda, acreedores a los cuales consiguió dejar saldados, le quedó pendiente un montante con entidades financieras privadas que rondaba los 35.000 euros.

En este punto, decidió solicitar ayuda profesional y contactó con la asociación de Ayuda al Endeudamiento. Tras valorar el caso, los letrados le aconsejaron la tramitación de la ley de la Segunda Oportunidad.

Conseguir el perdón

Para conseguir la exoneración del 100% de la cantidad que le reclamaban, el primer paso que dieron los profesionales de la asociación fue comunicar al juzgado la insolvencia del interesado. «Así, los asociados están protegidos de reclamaciones de cobro y embargos, disfrutando de un período de suspensión de pagos», explica la letrada Andrea Olcina.

El deudor murciano solicitó asesoramiento profesional y se puso en contacto con la asociación de Ayuda al Endeudamiento, cuyos letrados le aconsejaron la tramitación de la ley

Desde la asociación plantearon una propuesta de acuerdo por escrito y ante notario a todas las entidades financieras acreedoras. El plan de pagos propuesto no fue aceptado por la mayoría requerida, pero «el mero intento supuso dejar constancia de su buena fe e intención de pago», señala Olcina.

El último paso consistió en solicitar el perdón de la deuda al juzgado tras la tramitación de un concurso de acreedores. Los abogados de la asociación hicieron efectivo dicho concurso que fue tramitado en el juzgado de Primera Instancia número 8 de Murcia, quedando resuelto el pasado mes de abril.

Requisitos de la Segunda Oportunidad

No todo el mundo puede acogerse a este procedimiento, ya que deben cumplirse unas condiciones, tal y como afirman desde la asociación. Los requisitos son la insolvencia y que sea considerado un deudor de buena fe.

Concretamente, el juez y la administración concursal deben confirmar este último extremo, atendiendo a algunos datos objetivos como que «la cuantía total de la deuda no supere los 5 millones de euros, que el deudor no tenga antecedentes penales, económicos y haya intentado un acuerdo extrajudicial con sus acreedores», expone Olcina.

Una vez comprobados estos presupuestos, el juez dictó sentencia concediendo el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (Bepi) y cancelando los 33.689,10 euros de forma definitiva. Además, pudo solicitar la exclusión de todo fichero de morosidad de manera inmediata.

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