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José Vélez y Jordi Arce. j.m. rodríguez - vicente vicéns / agm

El juez exculpa a Vélez y Arce por el 'caso Salarios' del Ayuntamiento de Calasparra

El instructor no aprecia delito en que cobraran unos emolumentos públicos de unos 30.000 euros tras renunciar a su dedicación exclusiva

Martes, 31 de agosto 2021, 14:13

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El exalcalde de Calasparra y hoy delegado del Gobierno en la Región, el socialista José Vélez, así como el concejal de esa localidad y secretario de Organización del PSOE regional, Jordi Arce, y su compañero Antonio José Moreno Gil, secretario general de los socialistas calasparreños, acaban de ser exculpados por un juez de Caravaca de la Cruz en el llamado 'caso Salarios' por el que estaban siendo investigados desde hace tres años. El auto de archivo, dictado por el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Caravaca de la Cruz, Manuel Ingelmo Martín, resalta que los hechos no revisten caracteres de delito, por lo que procede el sobreseimiento provisional. La resolución puede ser recurrida ante el propio juzgado y en apelación ante la Audiencia Provincial.

Este procedimiento se inició en septiembre de 2018, a raíz de una querella presentada por tres concejales del Consistorio calasparreño, Jesús Alajarín (Ciudadanos), María Marín (PP) y Alonso Torrente (Calasparra Viva). En su denuncia, estos tres representantes municipales acusaron al entonces alcalde José Vélez y a sus dos concejales de haber percibido ilegalmente entre los tres una cantidad superior a los 30.000 euros de las arcas municipales, por distintos conceptos retributivos, por un periodo -entre septiembre de 2016 y el verano de 2017- en el que supuestamente renunciaron a su condición de liberados con dedicación exclusiva en el Consistorio.

En concreto, según la querella, el primer edil Vélez habría cobrado 4.572 euros; Arce, 15.071 euros y Moreno, 10.582 euros. Este complejo asunto se remonta a julio de 2015, cuando el Pleno de Calasparra aprobó las retribuciones para los ediles liberados, que en mayo de 2016 fueron anuladas por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

Con efectos retroactivos

Después de varios acuerdos de Pleno sobre esos emolumentos y de decisiones judiciales de distinto signo, en julio de 2017 el TSJ declaró válido un acuerdo salarial de junio de 2016. Y el alcalde Vélez acordó, con efectos retroactivos, «autorizar el pago de los haberes y devengos no abonados a los miembros de la Corporación local con dedicación exclusiva».

Pese a que los querellantes consideraron que estos hechos podían ser constitutivos de delitos de prevaricación y/o malversación de fondos públicos, el instructor coincide ahora con el Ministerio Público en que no hay indicios de delito. Y ello porque, pese a las declaraciones públicas de Vélez y los otros ediles de que volvían a sus ocupaciones anteriores al cargo, «no existió renuncia formal y expresa al régimen de dedicación exclusiva (en el Ayuntamiento) y a sus devengos correspondientes». Del mismo modo, el juez señala que existe una certificación del secretario municipal que afirma que los tres ediles siguieron trabajando «en las mismas condiciones que anteriormente, asistiendo a juntas de gobierno, comisiones informativas, plenos...».

«Los querellados -reseña el auto por último- se limitaron a dejar de percibir 'ad cautelam', y hasta que se resolviera la litigiosidad sobre el régimen de retribuciones de los miembros de la Corporación local, los devengos correspondientes».

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