Indemnizan al cliente de una clínica de depilación porque no eliminó todo el vello tal y como anunciaba
El juzgado condena a la empresa a indemnizar al demandante con 900 euros por publicidad desleal
El Juzgado de Primera Instancia número 13 de Murcia ha dictado sentencia en favor de un demandante en un caso de competencia desleal contra una empresa de Murcia dedicada a servicios de depilación láser y medicina estética. La resolución, fechada el pasado 21 de octubre, establece que la demandada deberá indemnizar al demandante con la suma de 909 euros por no cumplir con los resultados publicitados del servicio contratado.
El caso se basa en una presunta práctica comercial desleal al publicitar la eliminación permanente del vello, un resultado que el cliente no obtuvo tras múltiples sesiones. A pesar de que el demandante firmó un consentimiento informado, el juzgado consideró que este documento no destaca suficientemente las advertencias sobre variabilidad en el número de sesiones ni las condiciones que afectarían la efectividad del tratamiento.
Las pruebas presentadas y el testimonio del demandante, junto con el de testigos, apuntan a que la empresa no cumplió con el estándar de resultados esperados en la publicidad. No obstante, la sentencia no impone sanciones adicionales por daños y perjuicios al no haberse acreditado el menosprecio alegado por el demandante. Además, el fallo no ordena retirar la publicidad de la empresa, debido a la falta de concreción en la solicitud.
Esta sentencia es firme, y no se podrá recurrir. Ambas partes asumirán sus costos legales.