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El IMAS indemniza a 45 dependientes por paralizar sus ayudas durante la crisis

La Comunidad admite que incumplió los plazos legales en la tramitación de sus solicitudes; las demoras llegaron a superar los cinco años

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Lunes, 28 de mayo 2018, 08:15

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La Comunidad afronta, desde 2017, un goteo constante de indemnizaciones por la paralización a la que sometió al sistema de la Dependencia en la Región durante los años más duros de la crisis, fundamentalmente entre 2011 y 2015. De forma sistemática, el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) metió en el cajón las solicitudes de centenares de personas dependientes, incumpliendo todos los plazos legales previstos. Algunos de estos afectados decidieron reclamar, y en la mayoría de los casos la propia Administración regional les está dando la razón.

Los reclamantes representan apenas una minoría entre los centenares de afectados

En concreto, 118 personas han pedido indemnizaciones por responsabilidad patrimonial de la Comunidad en el retraso de sus expedientes, que en algunos casos llegaron a permanecer más de cinco años congelados, cuando los plazos marcados en la Ley de Dependencia para resolver eran de seis meses. La mayoría de los recursos (61) están todavía tramitándose. Entre los ya resueltos, solo tres han sido desestimados, y otros nueve se han archivado por desestimiento o caducidad.

  • 252.772 euros ha desembolsado la Comunidad en concepto de indemnización a personas dependientes por responsabilidad patrimonial hasta la fecha.

La Comunidad ha admitido su responsabilidad en 34 casos, y los tribunales de lo Contencioso Administrativo han fallado a favor de los dependientes en otros 11. En total, 45 personas dependientes han sido ya indemnizadas por las demoras injustificadas que sufrieron. En concreto, se les han abonado las mensualidades que no cobraron en su día por culpa de estos retrasos. El desembolso para las arcas públicas, de 252.772 euros en total, es pequeño en comparación con el dinero que presumiblemente se ahorró el IMAS al no concender en tiempo y forma las ayudas a centenares de dependientes. La mayoría de ellos han optado por no reclamar.

Dictámenes favorables

El Consejo Jurídico de la Región está avalando las indemnizaciones con argumentaciones muy contundentes. «Se constata que se superó con creces el plazo de seis meses establecido para resolver» las solicitudes de reconocimiento del derecho a prestaciones del Sistema de la Dependencia «sin que se haya justificado en el procedimiento ninguna causa o razón que hubiera podido impedir su observancia», subraya el Consejo Jurídico.

A partir de 2012, el IMAS se acogió, para no cumplir con los plazos, a una moratoria de dos años aprobada por el Gobierno central para las prestaciones económicas. Pero hizo trampas, porque la administración seguía obligada a resolver en seis meses el Programa Individualizado de Atención (PIA), en el que debía constar la prestación a recibir. Después de ese trámite, la ayuda podía postergarse dos años. El IMAS, sin embargo, no solo no resolvió los PIAS, sino que convirtió los dos años de paralización en hasta cuatro o cinco en muchos casos.

«El relevante retraso, en absoluto justificado», causó «perjuicios que han de ser reparados por la Administración», señala el Consejo Jurídico

A numerosas ayudas solicitadas en 2010 y 2011, e incluso antes, se les aplicó la moratoria aprobada en 2012 pese a que para entonces las prestaciones ya debían haber sido concedidas. Así ocurrió, por ejemplo, en el caso de una persona dependiente que pidió la ayuda en junio de 2011 y no empezó a recibirla hasta febrero de 2016, casi cinco años después. El Consejo Jurídico destaca que el retraso en la tramitación del procedimiento ocasionó «un perjuicio real y efectivo al haber dado lugar a la entrada en vigor del Real decreto Ley 20/ 2012» que establecía la paralización de la prestación durante dos años.

«Al no haber actuado la Administración en plazo, sin que hayan quedado acreditados en el expediente los motivos del retraso en la resolución del procedimiento, puede afirmarse que se incurrió en funcionamiento anormal, incompatible con los estándares de razonabilidad», señala el dictamen. Se produjo, en definitiva, «un daño antijurídico», «un relevante retraso, en absoluto justificado», con lo que se vulneró «los principios de eficacia y celeridad que han de presidir la actuación administrativa, causando perjuicios que han de ser reparados por la Administración». Esta argumentación se repite una y otra vez en los 34 dictámenes que respaldan la indemnización a los reclamantes. Los importes oscilan entre los 12.500 y los 1.200 euros por dependiente.

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