Palacio de Justicia de Murcia. Javier carrión/ AGM

Elevan la pena a un hotelero que acosó a una empleada

El Tribunal Supremo impone al empresario de Santiago de la Ribera, que ya fue condenado por abuso, dos años y medio de cárcel

Miércoles, 13 de abril 2022, 03:32

El Tribunal Supremo (TS) ha rectificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que rebajó la pena al gerente de un hotel de la pedanía sanjaviereña de Santiago de la Ribera por el acoso sexual al que sometió a una de sus trabajadoras. El tribunal murciano estimó el recurso del empresario y aminoró su pena desde los dos años y medio impuestos inicialmente por un juzgado penal hasta un año de cárcel. Ante el recurso de la Fiscalía, sin embargo, el Alto Tribunal revoca la decisión de la Audiencia y vuelve a elevar hasta los dos años y medio de prisión la pena de este empresario.

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El hotelero, que ya cuenta con otra condena previa por abuso sexual, estaba al frente de un establecimiento de Santiago de la Ribera en el que la víctima trabajó entre finales de febrero y mediados de marzo de 2019. Según recoge la sentencia, desde el primer día en que la mujer empezó a trabajar allí, el acusado realizó todo tipo de comentarios e insinuaciones personales ajenas a la relación laboral como «eres muy guapa, deja a tu pareja y vente conmigo. Puedes tener muchas cosas».

«No pueden estar solas»

Además, el procesado se acercaba a su empleada sin camisa o en calzoncillos y en dos ocasiones llegó a tocarle el culo mientras estaba trabajando en el hotel. Uno de esos tocamientos, precisa la sentencia, se produjo en la lavandería del establecimiento cuando él se acercó con la camisa desabrochada y le dijo a su trabajadora que «las mujeres están para que las mantengan, no pueden estar solas», agarrándola fuertemente del trasero. El otro tocamiento, tal y como precisa la resolución, se produjo en la cámara de hielo cuando el acusado le dijo a la mujer que abandonara a su pareja y se fuera con él mientras le tocaba el culo.

La sentencia explica que el gerente se acercaba a la trabajadora en calzoncillos y que llegó a tocarle el culo dos veces

A tenor de estos hechos, el Juzgado de lo Penal número 1 de Cartagena condenó al empresario a dos años y medio de cárcel por un delito de acoso sexual en concurso con otro de acoso sexual. Además de la pena de prisión, le impuso una prohibición de acercamiento o comunicación con la víctima durante tres años y seis meses y la obligación de indemnizarla en 2.000 euros. Además, le absolvía de otro delito de acoso sexual del que estaba acusado.

La Audiencia rebajó la pena de prisión a un año pero el Tribunal Supremo ha decidido volver a fijar la condena impuesta por el juzgado penal. En su resolución argumenta que este órgano optó por una pena de prisión, y no de multa, valorando la gravedad de los hechos y, en segunda instancia, la reincidencia del acusado.

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