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Educación media en 20 disputas por la elección de colegio de padres separados

En caso de desacuerdo sobre el centro educativo preferido, se da prioridad al más próximo al domicilio del progenitor con el que resida el menor

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Viernes, 18 de octubre 2019, 04:01

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Las decisiones referentes a la educación de los hijos son cosa de dos, salvo que las diferencias entre los progenitores sean insalvables, y sea necesaria la mediación de la Consejería de Educación. Así ha ocurrido en veinte casos en el último proceso de escolarización, durante el que la Administración ha tenido que intervenir para decantar la balanza en veinte disputas de divorciados que no se ponían de acuerdo en la elección del colegio o del instituto que preferían para sus hijos. En todos esos casos, la Consejería ha terminado primando la proximidad del domicilio del progenitor que tiene la patria potestad con el centro escolar, y la existencia de hermanos matriculados.

Educación implantó hace solo dos años un protocolo para mediar en esos conflictos y garantizar que ambos progenitores están al tanto de las reuniones, calificaciones y cambios de centro, entre otras cuestiones. El de este curso es el segundo proceso de admisión que se desarrolla con la resolución en marcha. El pasado año, la cifra de disputas en las que hubo que mediar fue similar.

Los criterios

  • La solicitud de plaza debe ir firmada por los dos progenitores, ya que es necesario el conocimiento y consentimiento expreso. Si el centro tiene conocimiento de la oposición de uno de los dos, se informará al otro.

  • En caso de discrepancia en relación con la localidad o municipio, se dará prioridad a la escolarización en la localidad donde reside el progenitor que convive habitualmente con el menor. Si la custodia es compartida, se dará prioridad al centro en el que el menor tenga hermanos, y en su defecto al centro más próximo al domicilio de cualquiera de ellos.

La resolución, que detalla los pasos a seguir por los centros educativos y la Administración para que los dos progenitores puedan ejercer su derecho a tomar parte activa en las decisiones que afectan a la educación de sus hijos, dicta instrucciones exhaustivas cuando no hay acuerdo. Una de las decisiones más trascendentes y desencadenante de disputas es la elección del centro educativo para los hijos. Para evitar que la decisión la tome uno de los dos progenitores a su antojo, el protocolo marca que la solicitud de plaza para el colegio o el instituto debe contar necesariamente con la firma de los dos progenitores. Cuando no ocurra así, desde el momento en que el centro tiene conocimiento de la oposición de uno de los dos progenitores, debe ponerlo en conocimiento del otro. Hasta que alguno de los dos, en su caso, aporte una resolución judicial, la comisión de escolarización dará prioridad al centro ubicado en la localidad donde resida el progenitor que convive habitualmente con el menor.

Si la custodia es compartida o el menor convive por igual con su padre y con su madre, se dará prioridad, en primer lugar, al centro en el que el menor tenga hermanos matriculados y, en su defecto, al más próximo al domicilio de cualquiera de ellos. «La máxima que guía todo el proceso es el interés superior del menor», explica la secretaria general de la Consejería de Educación, Yolanda Muñoz. La elección del centro educativo (o el cambio, que también requiere el acuerdo de los dos) es una de las fuentes de conflicto más recurrente, pero la vida académica de cualquier escolar está llena de decisiones y gestiones que deben resolver sus padres y que, hasta la aprobación de ese decreto, podía monopolizar uno de los dos y resolverse sin acuerdo explícito.

Los padres divorciados o separados que quieran estar al tanto de la vida escolar de sus hijos solo tienen que comunicar al colegio o instituto su deseo de recibir toda la documentación e información al respecto por duplicado, como las calificaciones de cada trimestre, los retrasos, la adopción de medidas correctoras, la solicitud de becas, la asistencia al comedor escolar, las reuniones con los tutores, las optativas que pueden escoger...

Las instrucciones, que se aplican desde hace dos cursos, pretenden evitar que las desavenencias entre los padres separados, divorciados o que han finalizado su convivencia de hecho no repercutan en la vida escolar de sus hijos. Además, amparan a los equipos directivos de los centros, ya que el vacío legal podía dar lugar a situaciones complicadas a las que tendrían que hacer frente sin respaldo.

Control sobre los turnos de recogida de los menores

La recogida del menor en el colegio y el instituto puede derivar en un conflicto de calado para el centro, ya que existe la posibilidad de que uno de los dos progenitores trate de llevarse al niño un día que no le corresponde. Para evitar problemas, el protocolo establece que se entregue al padre, madre o tutor, según establezca la resolución judicial, sin perjuicio de que este pueda autorizar por escrito al otro progenitor o a una tercera persona para que lo recoja en su nombre. Cuando uno de los progenitores pretenda llevarse al menor en un día que no tiene asignado judicialmente, el centro «contactará de inmediato con el otro progenitor o tutor legal, a quien informará de la situación». La resolución, que lleva dos años en vigor, establece que el centro no accederá a las peticiones de cualquiera de los progenitores que pretenda llevarse al menor del centro con el pretexto de consulta médica o trámites, «salvo que exista una autorización escrita expresa. Fuera de esto, el centro se negará a entregar al menor, solicitando la intervención de las fuerzas del orden público si fuera necesario».

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