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Despiden a un capataz que usaba a los empleados para trabajar en su propia finca

Despiden a un capataz que usaba a los empleados para trabajar en su propia finca

Los trabajos, que fueron descubiertos a raíz de un mortal accidente de tráfico, se realizaban sin estar dados de alta en la Seguridad Social, pagándoles en efectivo una vez finalizados los mismos

LA VERDAD

Jueves, 13 de junio 2019, 09:20

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por el capataz de una empresa que fue despedido al comprobarse que utilizaba a empleados de la misma en sus días libres para trabajar en su finca, ubicada en el municipio de Blanca, así como un coche de aquella fuera de su actividad.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, confirma así la dictada por el juzgado de lo social al que correspondió su demanda, que declaró probado que en uno de los traslados a la finca se produjo un accidente de tráfico en el que falleció el conductor y resultaron lesionados los otros cuatro ocupantes del vehículo, todos ellos, empleados de la empresa.

En la carta de despido, la empresa le comunicó que había comprobado que había encargado a otro empleado que reclutara trabajadores de la misma para realizar labores en su viñedo en diciembre de 2017. Y añadía que esa actividad se había desarrollado en otras ocasiones, cuando se ocupaba de buscar a los empleados para prestar sus servicios los días festivos o en aquellos otros en que no habían sido llamados al trabajo.

La carta de despido señalaba así mismo que hacía uso del coche de la empresa, que tenía a su disposición, para trasladarse a su finca particular los días en que iban aquellos trabajadores.

Por último, indica que los trabajos, que fueron descubiertos a raíz del mortal accidente de tráfico, se realizaban sin estar dados de alta en la Seguridad Social, pagándoles en efectivo una vez finalizados los mismos.

La sentencia declaró probado así mismo que ese comportamiento se había venido produciendo desde hacía unos seis o siete años.

La Sala de lo Social, al desestimar el recurso, dice que la sentencia recurrida debe ser confirmada no solo por el hecho de haber utilizado la furgoneta de la empresa en su propio beneficio e interés, sino, también, por servirse de los trabajadores fijos discontinuos de la empresa sin darlos de alta en la Seguridad Social como empleados dependientes de él mismo.

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