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Palacio de Justicia de la Región de Murcia. Nacho García / AGM
Denuncia a su exmarido por acusarla de «enseñar palmito» en vez de ayudar a su hijo

Denuncia a su exmarido por acusarla de «enseñar palmito» en vez de ayudar a su hijo

La Audiencia Provincial de Murcia desestimó el recurso presentado por la mujer porque «no se dispone de corroboración objetiva alguna»

EFE

Murcia

Jueves, 20 de septiembre 2018, 12:29

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La Audiencia Provincial de Murcia desestimó el recurso presentado por una mujer que denunció a su exmarido al asegurar que este le había dicho que en vez de dedicarse «a enseñar su palmito» lo que debía hacer era ayudar al hijo de ambos a hacer los deberes.

La resolución confirma así el auto dictado por el Juzgado de Instrucción al que correspondió su denuncia, que acordó el sobreseimiento de las actuaciones al existir versiones contradictorias en cuanto a lo declarado por la denunciante y el denunciado, sin que se contara con ninguna corroboración periférica de lo afirmado por la primera.

Esta aseguró en su denuncia que era víctima de malos tratos porque su expareja, cada vez que acudía a su domicilio a recoger al menor, «mostraba una actitud ofensiva hacia ella, y que, incluso delante del pequeño, solía hacer comentarios tales como 'la ropa del niño está anticuada, renueva el armario, lleva la última ropa de la última vez que lo recogí'».

Igualmente, señaló que en una ocasión, cuando le dijo que los deberes que había ayudado a hacer a su hijo estaban mal hechos, «le respondió que los hubiera hecho ella, en vez de estar por ahí de parranda enseñando el palmito».

En la denuncia expuso, además, que su exmarido «es una persona muy agresiva y violenta, que suele encararse con cualquier persona y mucho más todavía con ella».

El archivo de las actuaciones por el Juzgado fue recurrido por la mujer a través de un recurso en el que indicó que el denunciado fue condenado en 2016 por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer por unos hechos similares.

Además, expuso que siempre mantuvo la misma versión de lo ocurrido, mientras que su exmarido faltó a la verdad al decir que jamás le levantó la mano, «cuando dicho gesto se contiene en la sentencia por la que fue condenado».

La Sala, al desestimar el recurso, dice que aún siendo la denunciante un testigo «atendible», en este caso no se dispone de corroboración objetiva alguna que aconseje avanzar con el procedimiento, por lo que confirma el sobreseimiento acordado por el Juzgado de Instrucción.

El tribunal, en cuanto a la existencia de una condena anterior, que, en opinión de la apelante, conduciría a dar mayor credibilidad a su denuncia, respalda la opinión del juez de instancia, que señaló que no procedía valorarla para acreditar esta nueva denuncia porque ello vulneraría el principio de presunción de inocencia.

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