El decreto hará casi inviable el regadío a menos de 500 metros del Mar Menor
La ley del Gobierno regional obligará a todas las fincas a contratar un vigilante agroambiental
El regadío se convertirá en una actividad restrictiva en la franja de protección próxima al Mar Menor, donde estará prohibido utilizar fertilizantes de cualquier tipo ... en una banda de 500 metros desde la línea de costa. Solo habrá un cultivo anual de lechuga, pimiento u otras especies, y será obligatorio utilizar sensores de humedad para evitar la lixiviación al subsuelo. Estas son algunas de las numerosas medidas incluidas en el decreto ley de Protección Integral del Mar Menor, a las que ha tenido acceso LA VERDAD, que aprobará el Gobierno regional el día 26 de este mes. Se favorecerá el cultivo de secano y todas las explotaciones agrícolas estarán obligadas a contratar a un operador agroambiental, que será el responsable de velar por el cumplimiento de esta ley.
La zona más afectada, y donde se impondrán las mayores restricciones al regadío, es la franja ribereña, y sobre todo una vasta extensión desde El Algar hasta Cabo de Palos -la llamada Manga Ancha-, que incluye además la totalidad de la Sierra Minera y que se adentra hacia la zona este de Cartagena.
La 'zona cero' afectará al arco sur y la vertiente minera
El decreto ley se atiene a la hoja de ruta que se marcó en octubre, y endurece las restricciones en la franja más próxima al Mar Menor, donde se prohíbe cualquier fertilización en los 500 primeros metros desde la costa. La Zona 1 abarca el arco sur y la vertiente minera, y es más amplia que el 'área de exclusión' inicialmente propuesta, comprendida entre la autopista, la carretera nacional 332 y la vía rápida de La Manga.
El Ejecutivo de López Miras persigue recuperar y mantener el buen estado ambiental del ecosistema aplicando medidas urgentes y extraordinarias con este decreto, que será posteriormente tramitado y convalidado en la Asamblea Regional. Cuando entre en vigor, decaerá la ley de medidas urgentes que se aprobó hace año y medio. La Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente está realizando consultas con las instituciones, organismos y sectores implicados, y otro tanto lleva a cabo la Consejería de Fomento e Infraestructuras, con las medidas que protección que afectarán al urbanismo y a la normativa sobre edificación y ordenación territorial.
Dos zonas delimitadas
Restricciones adicionales desde la autopista a la costa
A diferencia del modelo anterior, que delimitaba tres zonas de actuación, cada una con un rango de restricciones, ahora se han establecido dos zonas: por un lado la franja próxima a la laguna, delimitada en parte por la autopista AP-7 (Zona 1); y por otro lado, el resto de la cuenca vertiente del Mar Menor, que comprende la totalidad del Campo de Cartagena y de Murcia. Esta Zona 2 unifica las dos que existían antes.
Se prohibirá cualquier fertilizante o abono en la zona crítica, donde solo habrá una cosecha anual
La Comunidad de Regantes Arco Sur -que queda dentro de la Zona 1, junto a una pequeña parte del perímetro regable del Trasvase-, será la más afectada, en tanto que tendrá que adaptar su actividad agrícola -unas 1.500 hectáreas de riego- a los requisitos específicos que prevé el decreto ley para esta zona. La Manga del Mar Menor no está incluida.
El capítulo quinto del decreto ley entra de lleno en la ordenación y gestión agrícola para minimizar los excedentes de nutrientes y los arrastres que contaminan la albufera. Todas las explotaciones que quedan dentro de la Zona 1 tendrán restricciones adicionales porque su proximidad a la laguna entraña un mayor riesgo de contaminación. Dichas limitaciones se aplicarán mientras se elabora y aprueba el Plan de Ordenación Territorial de la Cuenca Vertiente al Mar Menor.
Riesgos de contaminación
Cultivos de cobertera para proteger los suelos
En la zona más sensible se ampliará la banda de prohibición de fertilizantes a 500 metros a partir de la orilla, con lo cual resultará muy difícil cultivar en una superficie grande del entorno del Mar Menor, en la que se favorecerá el secano. La prohibición en esos 500 metros afecta a cualquier tipo de fertilizante, abono o estiércol.
También se limitará la producción a un cultivo anual, salvo en aquellas especies de raíz profunda (espárrago, calabaza, tomate y sandía), en las que se permitirán dos cosechas porque, en estos casos, la retención del abono es mayor. Con estas limitaciones, solo habrá un cultivo anual de brócoli, lechuga, perejil, pepino o pimiento, entre otras especies.
La nueva ley primará el cultivo de secano, que tendrá prioridad para recibir ayudas oficiales
Asimismo, el decreto ley prohíbe tajantemente la aplicación directa de purines, a la vez que obligará a utilizar sensores de humedad. En otoño e invierno, el suelo no podrá permanecer desnudo más de dos meses, por lo que los propietarios de terrenos deberán realizar un cultivo de cobertera con especies captadoras de nitrógeno, como las gramíneas. El objetivo es mejorar la fertilidad del suelo y la calidad del agua, controlar malezas y plagas, e incrementar la biodiversidad en sistemas de producción agroecológicos.
Control de fertilizantes
Los invernaderos deben evitar las escorrentías
Para el resto de explotaciones agrícolas incluidas en la Zona 2, se aplicarán una docena de medidas restrictivas y de control (que también deben cumplir las fincas de la Zona 1), en las que habrá un control exhaustivo del uso de fertilizantes, de tal forma que todos los abonos nitrogenados deberán contar con una prescripción técnica que analice su impacto de acuerdo con ciertos parámetros. También será obligatorio que todos los invernaderos dispongan de un depósito de almacenamiento de agua para prevenir las escorrentías. Por cada metro cuadrado habrá que reservar una capacidad de 100 litros. Es decir, cualquier invernadero deberá tener un tanque o balsa con un vaciado siempre dispuesto, para captar y retener el agua de lluvia.
Asimismo, habrá medidas para minimizar las escorrentías dentro de las explotaciones, que tendrán que elaborar el correspondiente proyecto. Deberán instalar estructuras vegetales, fajas de vegetación y hacer un laboreo siguiendo las curvas de nivel del terreno.
El número de cosechas se limitará a dos por año, salvo excepciones y dependiendo del plazo de producción del cultivo. Se prohíben igualmente las transformaciones de secano a regadío y los cambios de uso forestal para la agricultura; y tampoco se podrán utilizar lodos de depuración. El Gobierno regional primará las explotaciones de secano, que tendrán máxima preferencia para recibir ayudas oficiales. Dentro de ese orden de prioridad, le seguirán los regadíos ecológicos, los cultivos hidropónicos y la agricultura sostenible de precisión.
Habrá un sello de calidad
Un 'ejército' de vigilantes agroambientales
Otra de las novedades del decreto ley es la creación del operador agroambiental, que actuará en cada explotación agrícola. Las empresas estarán obligadas a contratar un responsable que vele por el cumplimiento de la ley. Esta figura se desarrollará en un reglamento y dará cuenta de todas las actividades a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Esos operadores recibirán previamente formación específica sobre la ley.
El decreto establece la obligación de inscribir todas las parcelas en el Registro de Explotaciones Agrícolas, a la vez que creará un sello de calidad para los productos agrícolas del entorno del Mar Menor.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión