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Un hombre practica deporte en un gimnasio. Fotolia
Multan a un gimnasio por obligar a sus socios a usar su huella dactilar para acceder al centro

Multan a un gimnasio por obligar a sus socios a usar su huella dactilar para acceder al centro

La empresa alegó que era un sistema más seguro y que evitaba que se colasen personas a las instalaciones

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Viernes, 5 de octubre 2018, 04:30

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Con la revolución tecnológica se han renovado los métodos tradicionales de control de acceso a los gimnasios por otros más sofisticados, como tornos con teclados numéricos, pulseras con tecnología RDIF, tarjetas de PVC y sistemas de identificación biométrica. Sin embargo, no todos los sistemas son válidos para la Agencia Española de Protección de Datos. Así se desprende de la multa de 1.500 euros que le ha impuesto a un centro deportivo de Murcia por infringir la ley de Protección de Datos, al emplear la lectura de la huella dactilar de sus socios para que pudiesen acceder a las instalaciones.

El proceso sancionador podría sentar un precedente en otros gimnasios de la Región, ya que fue impulsado por un socio de las instalaciones que no se mostró conforme con el nuevo sistema de identificación. Todo ello debido a que su trabajo, como policía local de San Javier, requiere privacidad. «Conozco la legislación y consideré que era un método invasivo a mi intimidad y a la privacidad de mi trabajo», explica desde el anonimato. «De un día para otro, sin informar previamente, cambiaron la pulsera por la huella». De hecho, recurrió a la Agencia Española de Protección de Datos después de que este centro deportivo de Murcia no le aclarase quién iba a gestionar los datos de su huella y se negase a ofrecerle una alternativa para entrar al gimnasio. «El nuevo torno incorporaba un teclado numérico y les pedí una clave de acceso, pero se negaron».

De manera que llamó a la Policía Local para denunciar el sistema de control de accesos. Así lo recoge el acta incluida en la resolución sancionadora: «El denunciante indica que es un medio desproporcionado en la recogida de datos y que no se le entregó el documento para el consentimiento». El nuevo control de accesos eliminó las pulseras con las que los socios accedían al centro, de modo que los usuarios tenían que emplear su huella dactilar. La empresa habilitó un sistema biométrico con sensores que escanean el dedo y lo convierten en una plantilla. «Mediante complejos algoritmos matemáticos se genera una plantilla numérica, utilizando la información de algunos puntos de la huella», detalla la Agencia de Protección de Datos sobre el método denunciado.

Este organismo propuso una sanción de 5.000 euros, al considerar que los hechos constituían una infracción grave de la ley. La mercantil que explota el gimnasio, en sus alegaciones, justificó la implantación del nuevo sistema porque mejoraba el servicio para sus socios y evitaba que alguien se colase en las instalaciones. En este sentido, explicó que buscaba «salvaguardar el derecho de la empresa a evitar intrusismos». Y añadía que «el uso de tarjeta no garantiza esas ventajas, pues puede ser transferible e implicaría para su control eficaz dedicar una persona a tal fin, por lo que contribuye también a optimizar los recursos del gimnasio».

Una empresa de Zaragoza

La empresa aclaraba que todos los ficheros de sus clientes eran custodiados por una firma de Zaragoza. Pero tales argumentos no convencieron a la Agencia. Según este organismo, «la denunciada no detalla aspectos que supongan la necesidad de la implantación del sistema, excepto la comodidad y la seguridad del uso por el propio titular, sin añadir datos o cifras adicionales, en cuanto a la supuesta inseguridad del sistema que hasta entonces existía (las pulseras)».

El expediente expone que se infringe la ley al tratarse de una medida «no proporcionada»

La resolución considera más adecuadas otras alternativas, como almacenar de forma encriptada la huella en una tarjeta que custodiase cada socio. Este organismo zanja respecto al control biométrico que «utiliza los datos de forma no proporcionada y excesiva en relación con el ámbito y las finalidades determinadas». Por todo ello, considera que el control de accesos infringe la ley, pero rebaja la multa de 5.000 a 1.500 euros porque «no son relevantes los ingresos obtenidos como consecuencia de la infracción». Y, además, se trata de una microempresa, «por lo que el volumen de datos afectados no es masivo». Si el gimnasio no quiere hacer frente a la multa tendrá que plantear un contencioso en los juzgados.

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