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El Consejo Jurídico niega que una anciana muriera por falta de atención

El órgano consultivo destaca que no hay datos de mala asistencia en la residencia donde estaba ingresada y se opone a indemnizar a los hijos

EFE

Murcia.

Sábado, 10 de noviembre 2018, 11:18

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El Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) ha informado en contra de estimar la demanda presentada por los hijos de una anciana, enferma de alzhéimer, que estuvo ingresada en una residencia de Cartagena gestionada por el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) y cuya muerte atribuyeron a la falta de cuidados y al estado de abandono en que se encontraba.

El dictamen de este órgano consultivo del Gobierno regional, emitido a instancias de la Consejería de Familia, deja constancia de que el caso fue archivado por un juzgado de la ciudad portuaria que, basándose en el informe de los médicos forenses, no observó la comisión de infracción penal.

Indica el CJRM que los familiares de la fallecida no aportaron nuevas pruebas, distintas a las incluidas en el proceso penal, «que sustenten la reclamación de responsabilidad patrimonial, por lo que la acción ejercida no puede prosperar».

La demanda fue instada contra la residencia donde estuvo ingresada la mujer y, en la misma, los hijos expusieron que tenían derecho a ser indemnizados por el daño sufrido, aunque no cuantificaban el mismo. Señalaron que su madre, que falleció en agosto de 2015, no recibió durante el tiempo en que estuvo ingresada las atenciones debidas.

La directora de ese establecimiento indicó que la asistencia prestada fue exquisita, por lo que negó cualquier tipo de responsabilidad.

El informe del CJRM se refiere también a las consideraciones hechas por el médico forense, en las que se señala que «la mujer se encontraba ya en situación basal de encamamiento y desnutrición antes de su ingreso en la residencia y, además, ya se le había diagnosticado la úlcera que padecía en abril de 2009».

Igualmente, el forense afirmaba que «la progresión de estas úlceras, dado el estado basal de la paciente, es crónica e irreversible, solo teniendo sentido un tratamiento de cuidados paliativos para evitar el sufrimiento del afectado».

En cuanto a la desnutrición, se indicaba que ya la tenía al ingresar en la residencia, ya que es habitual que los enfermos de alzhéimer no hagan una ingesta adecuada de todos los nutrientes necesarios.

Por todo ello, el Consejo Jurídico apoya la propuesta desestimatoria hecha por el instructor del expediente, al no haberse acreditado la relación de causalidad que debe existir entre el daño por el que se reclama y el anormal funcionamiento de los servicios públicos.

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