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Confirman una condena por maltrato pese a que solo llevaban un mes de relación

EFE

MURCIA.

Lunes, 19 de agosto 2019, 08:13

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La Audiencia Provincial de Murcia confirmó la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Lorca que condenó a un hombre a tres años y siete meses de prisión por un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género, por haber golpeado a su novia con un vaso de cristal. El relato de hechos probados señala que como consecuencia de la agresión, ocurrida en octubre de 2018 tras acusar a la víctima de haber escondido un dinero que le reclamaba, la denunciante sufrió lesiones que tardaron en curar diez días, por lo que el agresor fue condenado a indemnizarla con 560 euros.

Un relato firme

En su recurso, el acusado, natural de Cúllar (Granada), alegó que los hechos no habían quedado probados, ya que las manifestaciones hechas por la denunciante no constituían prueba suficiente sobre la que basar una sentencia condenatoria. Además, expuso que la relación entre ambos, que no llegó a dos meses, no era de noviazgo ni de pareja, por lo que no podía ser condenado por violencia de género. En todo caso, añadió, de considerarse probados los hechos, serían constitutivos de un delito leve de lesiones.

La Audiencia no solo desestima el recurso, sino que destaca la firmeza, seguridad y detalle con que la denunciante narró lo ocurrido. En cuanto a que los mismos no podían ser considerados como constitutivos de violencia de género, la Sala dice que pese a que la relación duró menos de un mes, en el juicio se acreditó que la misma iba más allá de una simple amistad.

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