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Condenan a un trabajador y a su jefe por acabar a sillazos una cena de empresa en Lorquí

Condenan a un trabajador y a su jefe por acabar a sillazos una cena de empresa en Lorquí

De la discusión se pasó a las manos, ya que ambos se agredieron mutuamente, llegándose a utilizar unos taburetes que había junto a la barra del local para propinarse golpes

EFE

Miércoles, 25 de abril 2018, 11:27

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La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Penal que condenó al jefe de una empresa y a un empleado que en el transcurso de una cena de hermandad se agredieron mutuamente cuando este último reclamó al primero una cantidad de dinero que, a su juicio, le adeudaba.

El Juzgado de lo Penal de Murcia, en la sentencia dictada hace ahora casi un año, declaró probado que el altercado se produjo en un restaurante de Lorquí en enero de 2014, en el transcurso de la cena de empresa que había reunido al jefe y a sus empleados.

En un momento de la celebración, se produjo una discusión entre los dos acusados cuando uno de los trabajadores reclamó a aquel que le pagara lo que aseguraba que le debía.

De la discusión se pasó a las manos, ya que ambos se agredieron mutuamente, llegándose a utilizar unos taburetes que había junto a la barra del local para propinarse golpes.

Como consecuencia de los hechos, el empleado sufrió lesiones que tardaron en curar sesenta días, mientras que el otro acusado resultó ileso.

La sentencia, que ahora se ve confirmada por la Audiencia Provincial de Murcia al desestimar el recurso presentado por el jefe, condenó a este, como autor de un delito de lesiones, al pago de una multa de 1.400 euros y a indemnizar al herido con 3.600 euros.

Al mismo tiempo, declaró que la actuación del otro denunciado era constitutiva de una falta de malos tratos, aunque no le impuso pena alguna por motivos que no se especifican en la sentencia de la Audiencia.

En su apelación, el condenado alegó que el Juzgado había incurrido en error a la hora de valorar las pruebas practicadas en el juicio y que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.

Además, expuso que las lesiones sufridas por el segundo acusado fueron fortuitas y que el apelante actuó en legítima defensa.

La Audiencia ha desestimado el recurso al considerar que los hechos están suficientemente probados, por lo que respalda la sentencia apelada. E

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