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Condenan a una empresa hotelera y un banco a indemnizar a unos clientes «manipulados» con técnicas agresivas de márketing

Condenan a una empresa hotelera y un banco a indemnizar a unos clientes «manipulados» con técnicas agresivas de márketing

Nunca llegaron a disfrutar ni del apartamento que habían contratado ni del viaje anual de una semana que se les prometió

EFE

Jueves, 5 de septiembre 2019, 09:40

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La empresa Turihoteles Vacation Club y Bankia deberán abonar 20.100 euros a unos clientes que fueron «manipulados» con una técnica agresiva de márketing y firmaron un contrato de compraventa según el cual iban a poder disfrutar de una semana de vacaciones en cualquier parte del mundo, de la que luego nunca más se supo.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Murcia que ahora se ve respaldada por la Audiencia Provincial condenó a las demandas a devolverles la suma que habían invertido, junto con los intereses devengados desde la fecha en que hicieron el pago de la misma, y declaró la nulidad del contrato privado suscrito en 2006.

Los demandantes expusieron en su reclamación que se les ofreció el derecho a disfrutar de una semana de vacaciones en el lugar del mundo que eligieran a través de un programa de intercambio que estaba relacionado con su participación en la copropiedad de un apartamento ubicado en Denia (Alicante).

Sin embargo, recalcaron en su demanda, nunca llegaron a disfrutar ni de ese apartamento ni del viaje anual de una semana que se les prometió.

Expusieron también que el contrato que firmaron debía ser anulado, ya que lo que se les ofreció realmente fue algo distinto a lo que se les había dicho.

Para la Sala, «no deja lugar a dudas la 'manipulación' de Turihoteles sobre los adquirentes a la hora de hacerles firmar los contratos de compra de participación indivisa de un apartamento».

Y añade que se les «encerró» cinco horas en un hotel, «manifestándoles que la participación en el apartamento de Denia era un requisito indispensable para poder obtener el derecho a intercambiar anualmente la estancia semanal en otros lugares del mundo».

La sentencia indica igualmente que ningún interés podían tener en adquirir el derecho de uso del apartamento, ya que apenas tres meses antes habían adquirido otro en San Javier (Murcia).

La Sala dice que el pago de la indemnización deber ser abordado también por Bankia, como sucesora de Bancaja, por la vinculación que existió en este caso con la otra empresa a través del préstamo que concedió para la operación.

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