Borrar
La Audiencia Provincial de Murcia. Nacho García / AGM
Condenado por maltrato tras abofetear a su mujer por no avisarle para cenar

Condenado por maltrato tras abofetear a su mujer por no avisarle para cenar

Los hechos tuvieron lugar el 19 de junio de 2017, cuando el acusado, nacido en Bulgaria, empezó a insultar a su esposa

EP

Murcia

Jueves, 9 de noviembre 2017, 17:59

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Audiencia Provincial de Murcia confirma una sentencia del pasado mes de junio del Juzgado de lo Penal número 4 de Murcia, que condenaba por maltrato a un hombre que abofeteó a su mujer.

Los hechos tuvieron lugar sobre las 22.00 horas del 19 de junio de 2017, cuando el acusado, nacido en Bulgaria, empezó a insultar a su esposa porque la mujer no le había avisado para cenar, diciéndole "puta, vete a la mierda, de ésta te enteras", propinándole un bofetón en la mejilla izquierda.

Según se desprende de una sentencia, la mujer sufrió lesiones consistentes en contusión facial con leve eritema, que requirieron una sola asistencia facultativa para su curación, y no reclamó nada acogiéndose a su derecho a no declarar.

Ante los hechos, el Juzgado condenaba al acusado como autor de un delito de malos tratos en el ámbito familiar, a la pena de nueve meses y un día de prisión, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años y prohibición de aproximación a menos de 500 metros de su mujer, de su domicilio o lugar de trabajo, así como prohibición de comunicación con ella por cualquier medio durante dos años, con imposición de las costas causadas en la instancia.

No se adopta ninguna medida cautelar hasta la firmeza de la sentencia, contra la que se interpone recurso de apelación por la representación procesal del acusado, fundamentándolo en quebrantamiento de las normas y garantías procesales.

La Sala constata, por su parte, el acierto del juez de instancia en su valoración probatoria y responde que se le impuso la pena mínima al ejecutarse la acción en el domicilio de la víctima, confirmando la sentencia apelada y lo condena a nueve meses de cárcel.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios