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José Manuel Villegas. v. v. / agm
Condena a José Manuel Villegas por el concurso culpable de su empresa

Condena a José Manuel Villegas por el concurso culpable de su empresa

Deberá abonar junto a su hermano Edmundo los 837.800 euros que desvió de forma ilegítima a otra firma en perjuicio de los acreedores

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Martes, 14 de mayo 2019, 03:26

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José Manuel y Edmundo Villegas, quienes fueron presidente y vicepresidente, respectivamente, de la sociedad Construcciones Villegas, han sido condenados por un juzgado de lo Mercantil de Murcia por el concurso culpable de esa promotora, al haber desviado de forma fraudulenta y en claro perjuicio para los acreedores la cantidad de 837.800 euros. Estos hechos se produjeron en octubre de 2011, pocos días después de haberse declarado el concurso de Construcciones Viilegas y sin que la administración concursal fuera consciente de tal circunstancia en aquel momento.

Según la sentencia dictada por el titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, Francisco Cano, la empresa Construcciones Villegas recibió esos más de 837.000 euros de la compañía Acciona Infraestructuras, a la que vendió sus derechos en la UTE que construía uno de los tramos del AVE a la Región. Con el fin de evitar que ese dinero cayera en manos del administrador concursal de Construcciones Villegas y se pudiera destinar así a abonar una parte de las deudas que había dejado esa mercantil, el cheque se endosó a una sociedad participada prácticamente por los mismos socios: Viamart SL. El juez considera a esta última sociedad «cómplice» de este desvío de fondos, ya que ha eludido aportar dato alguno sobre el destino final del dinero.

La declaración de concurso culpable lleva aparejada la inhabilitación de José Manuel y Edmundo Villegas para administrar bienes ajenos durante cinco años, así como a reintegrar de manera solidaria los 837.800 euros en los que se ha cifrado el perjuicio causado al concurso de acreedores. De esa cuantía deberá responder la firma Viamart si los dos socios mencionados no lo hicieran.

El resto de los socios y administradores contra los que se había dirigido la Fiscalía han resultado absueltos, al no haberse podido probar que tuvieran conocimiento de ese endoso ilegítimo del cheque. La resolución no es firme, ya que puede ser recurrida ante la Audiencia.

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