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Solo con permiso de la Comunidad Autónoma. Esta es la premisa bajo la que tendrá que desarrollarse cualquier intervención en la zona histórica del cementerio municipal de Nuestro Padre Jesús, siempre que no se trate de actuaciones de inhumación, exhumación o traslado de restos. Así lo establece la resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural que publicaba este martes el Boletín Oficial de la Región (BORM) y que declaraba como bien catalogado esta área del camposanto murciano, de origen decimonónico, ya que fue inaugurado en 1887.
El documento establece, además, la obligación de los titulares de este conjunto de bienes de «conservarlos, custodiarlos y protegerlos, asegurando su integridad y evitando su destrucción o deterioro». Abarca esta protección la portada monumental de entrada, obra del arquitecto Pedro Cerdán, las rejerías históricas y 54 panteones, sepulcros y mausoleos.
No se cataloga la totalidad del camposanto, ya que este carece de una unidad estética y artística, debido a su actividad durante más de un siglo, pero sí aquellas construcciones que poseen interés particular o constituyen modelos arquitectónicos relevantes, incluyendo, por ejemplo, panteones historicistas con reminiscencias neogóticas, neobarrocas o neorrománticas, indican fuentes autonómicas.
El expediente fue promovido por la entidad conservacionista Huermur que ha logrado, además, que se estimen varias alegaciones presentadas durante su tramitación, ampliando la resolución a la estructura original de las calles o la zona de los monumentos de la vía de la Amargura y logrando anular el procedimiento de reversión y derribo de varios panteones.
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