Condenado a dos años de cárcel por tocar las nalgas a una menor durante una procesión en Murcia
Un acuerdo entre las partes concluye con el reconocimiento de los hechos del acusado y la aceptación de la pena, que queda suspendida, vinculada a que no cometa delito alguno en los próximos tres años
Un hombre fue condenado este lunes a dos años de prisión por tocar el culo a una menor en el transcurso de una procesión de ... Semana Santa en Murcia en abril de hace dos años. El acusado, de nacionalidad española, reconoció los hechos y aceptó la pena impuesta en una sentencia dictada 'in voce' por el tribunal de la Audiencia Provincial por un delito de abuso sexual a una menor de 16 años. La condena a la que se llegó fue el resultado de un acuerdo de conformidad entre su defensa y la Fiscalía antes de iniciarse el juicio.
El procesado, que reside en Murcia, no podrá trabajar en oficios que conlleven contactos regulares y directos con menores de edad durante los próximos siete años. La pena de prisión quedó suspendida por un plazo de tres años vinculada a que no cometa ningún delito en dicho plazo, al reconocer el procesado los hechos y carecer de antecedentes penales.
El abuso sexual se produjo sobre la una de la madrugada del 12 de abril de 2022, cuando la menor se encontraba cerca de la iglesia de San Antolín de Murcia viendo la recogida de la procesión. El acusado, «con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, se colocó detrás de ella, tocándole el culo y rozando sus genitales con las nalgas de la menor, lo que repitió varias veces a pesar de que la adolescente le recriminó, pidiendo, posteriormente, ayuda a la Policía», según expone el fiscal en la calificación del caso.
La joven, junto con su madre, presentaron una denuncia en comisaría a la mañana siguiente. Momentos antes de estos hechos, el procesado tuvo la misma conducta con otra menor amiga de la víctima, aunque en este caso no hubo denuncia.
Otro caso en Palma
Tras la reforma de la ley de libertad sexual el año pasado, se elimina el delito de abuso sexual como tipo penal específico y se equipara con el de agresión sexual. La 'ley del solo sí es sí' castiga con penas que van de uno a cuatro años de cárcel «el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento», como por ejemplo el de tocar una nalga, según el punto 1 del artículo 178 del Código Penal.
Otro murciano fue condenado el año pasado por la Audiencia de Palma por tocar el culo a una turista en la recepción de un hotel. El acusado se encontró a la mujer, de nacionalidad turca, cuando subía unas escaleras y le apretó con la mano el glúteo. Ella se giró y le dijo un «no» rotundo, pero el procesado lo intentó de nuevo, esta vez sin conseguirlo. La perjudicada denunció lo ocurrido y la Policía Nacional arrestó al sospechoso. Durante el juicio, el acusado se declaró culpable.
Inicialmente, la Fiscalía solicitaba para él la pena de un año y medio de prisión. Tras la conformidad alcanzada, la condena quedó fijada en un año de privación de libertad, que quedó suspendida por un plazo de dos años.
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