Archivan la denuncia de una menor por agresión sexual en Cartagena
La jueza considera que las relaciones con los dos jóvenes acusados fueron consentidas y aplica la cláusula 'Romeo y Julieta', entre adolescentes de edad y madurez similar
Un juzgado de Murcia ha sobreseído el caso contra dos jóvenes de 14 y 16 años por un delito de agresión sexual a una menor de 13 años ... durante el verano de 2023 en Cartagena. La jueza decreta el archivo provisional de las actuaciones seguidas contra los dos adolescentes al considerar que no está justificada la perpetración del delito de agresión sexual a la menor.
Publicidad
La titular del juzgado número 2 de Menores comparte con la Fiscalía y la defensa de los dos acusados, ejercida por el abogado Eduardo Romera, que las relaciones de ambos con la menor fueron consentidas.
El caso se remonta a finales de agosto de 2023, cuando la madre de la menor denunció en la Comisaría de la Policía Nacional de Cartagena que su hija había sido agredida sexualmente varias veces por dos menores y recibido la amenaza de difundir unos vídeos de contenido sexual si no accedía a mantener relaciones con ellos.
El caso se remonta a finales de agosto de 2023 cuando la madre de la chica puso una denuncia en la Policía Nacional de Cartagena
En su declaración, la joven ubica las agresiones que sufrió en junio y julio en una casa abandonada de un paraje del extrarradio de Cartagena y en el portal del edificio donde ella residía. La acusación particular pedía cinco años de internamiento cerrado para los dos menores, que actualmente tienen 15 y 17 años.
Publicidad
No obstante, la jueza, en su fallo fechado el pasado 11 de septiembre, concluye que las relaciones fueron consentidas por la menor. La titular del juzgado llega a esa conclusión una vez realizada la exploración a los dos acusados de la agresión sexual; oír la declaración de los testigos; recabar el informe médico forense y psicológico de la menor; y examinar el informe de la Policía Científica del análisis de los teléfonos móviles.
Así, expone en el auto que la menor tenía encuentros sexuales con el joven de 14 años, pero quería tener una relación estable, a lo que él se negaba. De las conversaciones extraídas de los teléfonos móviles, concluye que el chico no la obligaba mediante coacción o que la tuviera amenazada.
Publicidad
La fiscal conviene que la versión de la denunciante queda desvirtuada por las testificales y la documental
En los vídeos incorporados en las diligencias «no hay agresión ni se escuchan amenazas o coacciones», afirma la fiscal en su escrito incluido en el auto, en el que señala que la versión de la denunciante queda desvirtuada por las testificales y la documental.
En este sentido, la jueza estima las consideraciones del Ministerio Público que aplica el artículo 183 bis del Código Penal ('cláusula Romeo y Julieta'), que contempla una posible exención de la responsabilidad penal en los casos en los que, por debajo de los 16 años, las relaciones hayan sido consentidas y se hayan producido entre personas de una edad próxima y con un grado similar de madurez física o psicológica.
Publicidad
«Mis clientes nunca la forzaron; fue ella la que difundió los vídeos»
La defensa de los dos menores acusados por la agresión sexual, que ejerce el abogado Eduardo Romera, pidió el sobreseimiento y la absolución de los acusados. Sostuvo desde el principio que las relaciones de ambos con la menor, «a pesar de no ser propias de su edad», fueron consentidas. En sus declaraciones ante el Ministerio Público, los dos menores negaron que la forzaran y relataron, incluso, que era ella la que se citaba con ellos en varios lugares a través de un grupo de WhatsApp que ella misma creo, algo que quedó acreditado con el análisis de los teléfonos móviles. «Además, difundió los vídeos sexuales y los vendía».
Prueba LA VERDAD+: Un mes gratis
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión