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EFE
Murcia
Jueves, 12 de octubre 2017, 10:42
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Bankia deberá devolver a la empresa V., S.A. los 164.550 euros que esta le entregó dentro de las relaciones derivadas de un contrato 'swap', de permuta financiera, según lo dispone una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia. El tribunal, que desestima el recurso que la demandada presentó contra la sentencia dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Murcia, señala que la sociedad demandante, cuando suscribió el contrato, lo hizo con error en el consentimiento, al no recibir la información necesaria para conocer las consecuencias de lo que firmaba.
La Audiencia respalda la sentencia del Juzgado, que declaró nulo el contrato, además de señalar que Bankia no aportó el test de conveniencia ni de idoneidad, ni practicó ningún otro medio de prueba eficiente para demostrar que se facilitó toda la información precisa y con la claridad suficiente para que la demandante «pudiera representarse el contenido y alcance real de los pactos integrantes del contrato».
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