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EFE
MURCIA.
Miércoles, 12 de septiembre 2018, 07:30
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No podrá disfrutar de la custodia compartida de sus hijos por haber sido condenado por malos tratos. Así lo recoge un fallo de la Audiencia Provincial de Murcia que desestima el recurso presentado por un hombre condenado por maltrato habitual y que reclamó a un juzgado de Primera Instancia la custodia compartida de los hijos. Este estimó la demanda presentada por su esposa y declaró la disolución del matrimonio, además de atribuirle a ella la guarda y custodia de los niños, así como el uso de la vivienda.
El hombre recurrió el fallo y reclamó la custodia compartida por periodos quincenales, tras exponer que el juzgado había incurrido en un error a la hora de valorar las pruebas por las que fue condenado como autor de un delito de maltrato habitual en el ámbito de la violencia sobre la mujer. La Sala desestima su recurso, argumentando que «la custodia compartida pretendida por la parte recurrente resultaba inviable jurídicamente tanto antes del dictado de la firmeza de la sentencia como, en mayor medida, tras su firmeza».
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