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José Luis Hervás, Antonio Nieto, Román Garrido, Juan Cánovas, Lázaro Mellado y José Alemán, el pasado día 13 en la Audiencia. VICENTE VICÉNS / AGM
La Audiencia da carpetazo a la causa del Segura después de dieciocho años

La Audiencia da carpetazo a la causa del Segura después de dieciocho años

Absuelve a los seis encausados por haber prescrito los hechos, y critica los excesos en la instrucción al abrir una investigación general por la contaminación del río

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Martes, 5 de diciembre 2017, 02:25

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La causa por la contaminación del río Segura se ha volatilizado después de 18 años. El juicio ha finalizado de forma súbita en la Audiencia Provincial, sin más pruebas y declaraciones, porque el fallo absolutorio estaba 'cantado' desde el momento en el que los seis encausados se sentaron en el banquillo el pasado 13 de noviembre. Los magistrados de la Sección Segunda concluyeron ayer que los hechos están prescritos -con cinco años de paralización de por medio- y que no se puede abrir una causa general sin determinar la jurisdicción y tampoco las acusaciones concretas para cada uno de los procesados. El fallo contiene una reprimenda a la dilatada instrucción de la causa, a los excesos de la investigación y a las administraciones que no actuaron a tiempo.

El fallo va acompañado de una censura explícita, en la que los jueces subrayan que el río se encontraba a finales del siglo pasado en un «estado lamentable» desde aguas arriba de Murcia hasta la desembocadura en Guardamar, con vertidos, malos olores, suciedad y mortandad de fauna. «Era algo más que evidente para cualquier persona que se acercara a su cauce», indica la sentencia, «con evidente afectación a la salubridad y a las condiciones sanitarias de la población y el medio natural». «Cierto es que en poco o nada se parece la situación del río a la que existía hace casi dos décadas, pero lo inaudito fue tener que llegar a este estado de desastre medioambiental -una cloaca a cielo abierto- y a la incoación de diversos procedimientos judiciales para proceder a revertir la situación».

El fallo deplora el desastre ambiental que convirtió el río en una cloaca a cielo abierto

Censura que no se tomaran medidas hasta que el Segura llegó a una situación límite

«Fracaso para la justicia»

Los magistrados Abdón Díaz, María Ángeles Galmés y Enrique Domínguez absolvieron ayer de los delitos contra el medio ambiente a los expresidentes de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) Antonio Nieto y Juan Cánovas; al excomisario de aguas José Alemán; al exalcalde de Alcantarilla Lázaro Mellado; al ex director gerente de Emuasa José Luis Hervás y al ingeniero Román Garrido. Asimismo, la CHS quedó libre de responsabilidad civil subsidiaria. El presidente del tribunal, Abdón Díaz, respondió el primer día a la queja de los abogados defensores por el retraso de la causa indicando que semejante dilación «supone un profundo fracaso para la justicia». En la segunda sesión, el fiscal y las acusaciones particulares retiraron los cargos contra Juan Cánovas y Román Garrido, por lo que todo apuntaba al actual desenlace. La defensa insistió además en que se trataba de un hecho juzgado, por cuanto hubo un fallo absolutorio anterior del año 2007 en la Audiencia de Elche por una denuncia similar.

Según la sentencia, «se desconoce» por qué no se remitieron a reparto los hechos que no tenían relación directa con la denuncia inicial y sobre los cuales la instructora -Carmen Mérida- no podía tener competencia alguna por quedar fuera de su jurisdicción, en concreto, por corresponder a los juzgados de Molina de Segura y Mula, informa Efe.

La causa tuvo su origen en el año 1999, cuando la entonces concejal de IU de Murcia Concepción Hernández presentó una denuncia. Después se sumó la Comisión Pro Río Segura de Orihuela. Inicialmente, la Fiscalía solicitó penas que oscilaban entre los tres meses y un año de prisión, multas e inhabilitaciones para ejercicio de cargo público.

«Inquisición general»

El Juzgado de Instrucción número 4 de Murcia abrió diligencias y requirió documentación a Ecologistas en Acción. Asimismo ordenó al Seprona efectuar «una investigación exhaustiva sobre las personas físicas o jurídicas que realicen vertidos de aguas residuales, con las necesarias tomas de muestras para su análisis». Según el tribunal, se realizó una investigación prospectiva sobre vertidos «que excede con mucho de la denuncia inicial, no acotándose el ámbito subjetivo ni territorial».

La Audiencia añade que la investigación afectó a varios partidos judiciales, y que no se concretó qué clase de vertidos se produjeron y en qué lugares dentro del amplio ámbito de la CHS. Los magistrados examinaron la alegación de las defensas de que podían encontrarse ante una «inquisición general», lo cual provocaría la nulidad del procedimiento.

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