La Audiencia absuelve al acusado de apropiarse de 119.347 euros de la cuenta común con su exmujer
El tribunal considera que, aunque la cuenta estaba a nombre de los dos, no ha quedado probado que el dinero fuese propiedad de ambos
Llegó a afrontar hasta un lustro de cárcel, pero la Audiencia Provincial ha decidido absolver a un vecino de Molina de Segura que se sentó ... recientemente en el banquillo acusado de apropiarse de hasta 119.347 euros de la cuenta bancaria que tenía en común con su expareja tras consumarse su separación. El tribunal en su sentencia, a la que LA VERDAD ha tenido acceso, remarca que, a pesar de que la cuenta estaba a nombre de ambos cónyuges, no ha quedado probado que el dinero de la cuenta fuera de los dos.
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Los magistrados inciden en que el acusado, que ha estado defendido por el abogado Evaristo Llanos, era el único que gestionaba esa cuenta, el que decidía la compra y venta de valores y el único que realizaba transferencias y traspasos de ingresos y pagos. Hacen hincapié en que no pueden «presumir, como hacen las partes acusadoras, que el dinero que se encontraba depositado en la cuenta era de los dos».
Los hechos se remontan a 2010, cuando el acusado se hizo con el dinero existente en una cuenta bancaria de inversión que tenía en cotitularidad con su actual excónyuge sin consentimiento ni conocimiento de la misma. La exmujer del acusado sostuvo, en el transcurso del juicio, que abrieron esa cuenta para hacer operaciones bursátiles y para tener un fondo para las hijas que tienen en común.
El sospechoso, por su parte, remarcó que, aunque la cuenta estaba a nombre de ambos, el dinero siempre fue suyo. La única razón de que constara la que entonces era su esposa, explicó, era que pudiera disponer de ese dinero en beneficio de sus hijas en el caso de que les pasase algo.
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