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Archivan un caso de presunta violencia de género porque la pareja vivía en una relación de amor-odio

Archivan un caso de presunta violencia de género porque la pareja vivía en una relación de amor-odio

El Juzgado tomó en consideración que en el parte médico que presentó la mujer el facultativo se limitó a consignar que hubo una discusión de pareja con agresión física, pero sin que se pudiera determinar la causa de una contusión en el muslo

EFE

Miércoles, 13 de junio 2018, 10:15

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La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado el archivo de la causa abierta en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer por un presunto delito de maltrato por el que fue denunciado un hombre por su pareja porque ambos viven una relación amor-odio, ya que lo mismo se dirigen palabras de amor como otras que resultan insultantes.

El auto de la Audiencia, al que ha tenido acceso Efe, señala que Juzgado acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones al no existir indicio alguno de la denunciada agresión física y porque ella aportó una fotografía que no acreditaba que fuese ella misma y el denunciado negó los hechos que le atribuyó.

Así mismo, el Juzgado tomó en consideración que en el parte médico que presentó la mujer el facultativo se limitó a consignar que hubo una discusión de pareja con agresión física, pero sin que se pudiera determinar la causa de una contusión en el muslo por el tiempo transcurrido desde que se produjo la supuesta agresión.

También se recogió en el auto que ahora se ve ratificado por la Audiencia Provincial que durante todo este tiempo la denunciante ha seguido conviviendo con él y que del tenor de las conversaciones aportadas a la causa se extrae que una veces la denunciante dice a su pareja que le quiere, mientras que en otras lanza contra ella expresiones malsonantes o vejatorias.

Del contenido de las conversaciones se deduce también que el enfado que aparece en ella obedece a que reprocha al denunciado que esté más tiempo con sus amigos que en casa.

Finalmente, el Juzgado comentaba que aquella refirió que no lo denunciaba por miedo, «por lo que no existe situación de riesgo».

La Sala de la Audiencia, al desestimar la apelación, dice que el alegado dolo ofensivo de las expresiones atribuidas al denunciado deben ser valoradas en función de muchas circunstancias, «entre ellas, el contexto y la actitud de la víctima, que no puede pretender que las locuciones contra él que ella emite sean inofensivas y las mismas, si las emplea este contra ella, sean constitutivas de delito».

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