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EFE
MURCIA.
Miércoles, 5 de diciembre 2018, 07:20
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Un alumno de un colegio de Educación Infantil y Primaria de la pedanía murciana de Zeneta no debe ser indemnizado por el accidente que sufrió al entrar al centro y chocar con otro chico, lo que le produjo la rotura de las gafas. Esa es la conclusión a la que llega el Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM), que cree que no procede abonar los 119 euros reclamados.
Señala el informe que para que nazca la responsabilidad patrimonial de la Administración es preciso probar que existió una relación de causalidad entre el daño sufrido y un anormal funcionamiento de los servicios públicos. Y añade que, según se desprende de los informes de los responsables del colegio, la caída fue accidental, «sin que conste que concurrieran circunstancias de especial peligrosidad o anormalidad de las instalaciones que permitieran imputarlo a la administración educativa».
«Nos encontramos -concluyen los miembros del CJRM- ante una situación que, por incontrolable, no se puede evitar».
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