Absuelven a una okupa porque el banco propietario de la casa no le dijo que debía irse

EFE

MURCIA.

Miércoles, 19 de diciembre 2018, 07:32

La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso que el extinto Banco Popular presentó contra la absolución de una mujer, a la que había denunciado por okupar una vivienda de su propiedad. El tribunal vuelve a otorgar la razón a la okupa porque la entidad bancaria no le comunicó «su voluntad contraria a tal ilegítima posesión».

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El juzgado declaró probado en su día que la denunciada había okupado un dúplex junto con sus cuatro hijos, menores de edad. El inmueble era propiedad de la citada entidad bancaria, que lo había recibido en dación de pago.

El juez absolvió a la acusada, que se había enfrentado a una solicitud de condena como autora de un delito leve de usurpación, «al no constar que el banco comunicara a la ocupante su voluntad contraria a tal ilegítima posesión».

La sentencia fue recurrida por el banco, que expuso, entre otras consideraciones, que la presentación de la denuncia ya era una prueba suficiente de que estaba en contra de la okupación. El fiscal se adhirió al recurso, pero la Audiencia ha concluido que «ninguna prueba permite afirmar que la ocupación se efectuase contra la voluntad de su titular, voluntad que debería ser expresa, no siendo plausible basarlo en suposiciones por el solo hecho de haber interpuesto la denuncia».

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