Ciudadanos abandonando la sede de los juzgados en Alicante. a. domínguez

Absuelven a un murciano acusado de una estafa en su empresa

Un juez de Alicante considera que no se ha acreditado que realizase transferencias por casi 21.000 euros desde la cuenta de un cliente

LA VERDAD

Murcia

Martes, 8 de noviembre 2022, 09:38

El Juzgado de lo Penal número 4 de Alicante absolvió a un hombre, vecino de una pedanía murciana, de los delitos de estafa, falsedad y apropiación indebida de los que estaba siendo acusado. El procesado, que fue defendido por el despacho Pardo-Geijo, fue denunciado por el gerente de una empresa en la que había trabajado por realizar diversas maniobras para hacerse con cerca de 21.000 euros. El juez, en su sentencia, considera que los hechos que sustentan esa acusación no se han acreditado.

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El procesado formaba parte de una empresa que había formalizado un contrato con Banco Sabadell para realizar servicios de formalización y tramitación de operaciones hipotecarias. En ese contrato, explica la sentencia, se fijaba que, en el caso de actuaciones fraudulentas de su personal, la empresa debía indemnizar a la entidad financiera. En aplicación de esa cláusula, en octubre de 2016 la firma compensó a Sabadell por una serie de operaciones fraudulentas que supuestamente había llevado a cabo su empleado.

Una tarjeta nueva

En concreto, la empresa consideró que este trabajador utilizó la tarjeta de una compañera que estaba de vacaciones para ordenar diversos traspasos entre cuentas de uno de los clientes a otra cuenta. Además, según su denuncia, había solicitado la modificación de la ficha de un cliente para pedir una nueva tarjeta a una dirección controlada por él mismo. De esta forma, según el fiscal y la acusación particular, logró realizar hasta 34 extracciones de dinero en apenas ocho días.

El juez, sin embargo, considera que no ha quedado acreditado quién realizó esas retiradas de efectivo ni que el dinero existente en dicha cuenta hubiera sido transferido fraudulentamente a la misma. El magistrado determina, por tanto, que no ha quedado probado que este trabajador tuviera participación alguna en estos hechos.

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