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Absuelven a un hombre que pidió el coche a un amigo para «dar un susto» a su exmujer

Absuelven a un hombre que pidió el coche a un amigo para «dar un susto» a su exmujer

El Juzgado, en una sentencia con la que coincide la Audiencia, decidió absolver al acusado, al haber surgido dudas sobre si había existido intención de amedrentar y atemorizar a su exmujer

EFE

Lunes, 23 de julio 2018, 09:39

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La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una mujer contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número Seis de esta ciudad que absolvió a su exmarido, al que denunció por amenazas por haber pedido el coche a un amigo para darle un susto, ya que el suyo era conocido y podía alertarla.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que el Juzgado declaró probado que el denunciado se encontraba el 15 de diciembre de 2017 en un bar de Bullas cuando le dijo al camarero que le prestara su vehículo.

La explicación que le dio para hacerle ese ruego era que se proponía dar un susto a su exmujer y que con el suyo y el de su familia no podía hacerlo, ya que la presencia de estos podían ponerla sobreaviso.

También le dijo que si iba al encuentro de ello en su propio turismo, este podía ser grabado por las cámaras de la autovía del Noroeste, por la que tenía que transitar.

En un primer momento -añadía la sentencia que ahora se ve corroborada por la Audiencia- el camarero no le dio importancia a aquellos comentarios, «si bien se enteró posteriormente de que la segunda esposa del acusado había aparecido con un disparo en la cabeza -hecho que, al parecer, según se determinó, había sido un intento de suicidio-, por lo que decidió contar lo ocurrido a su mujer».

La conversación fue escuchada por la madre de esta, quien, a su vez, se lo contó a la hermana de la denunciante, de la que era amiga, y esta, posteriormente, se lo dijo a la interesada, «causando en la misma un profundo temor».

El Juzgado, en una sentencia con la que coincide la Audiencia, decidió absolver al acusado, al haber surgido dudas sobre si había existido intención de amedrentar y atemorizar a su exmujer.

En su recurso, la denunciante expuso que el juez había incurrido en un error a la hora de valorar la prueba, para añadir que el peligro real existía, ya que el denunciado tiene licencia de armas, posee varias de ellas y el mismo día de los hechos «su actual pareja apareció con un disparo en la cabeza realizado con una de estas».

En su recurso, que contó con la adhesión del fiscal, la recurrente comentó que no se trató de una broma, por lo que reiteró su solicitud de condena por un delito de amenazas en el ámbito familiar.

La Audiencia confirma la sentencia apelada en aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo, según la cual no es posible revocar una sentencia absolutoria si la misma no resulta arbitraria, ilógica o irracional, lo que no ocurre en este caso.

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