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Obligado a devolver 7.360 euros del paro por salir al extranjero sin avisar

El inmigrante señala que su ausencia de España fue debido a la enfermedad de su esposa, pero el TSJ recuerda que hay que pedir permiso para viajar mientras se cobra esta prestación

EFE

Domingo, 24 de julio 2016, 13:08

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Un inmigrante deberá devolver los 7.360 euros que recibió del paro por haber salido hacia su país sin haberlo puesto previamente en conocimiento del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE).

Así se recoge en una sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ), que desestimó el recurso que el afectado, natural de Marruecos, presentó contra la dictada por un Juzgado de Cartagena.

El Juzgado de lo Social de esta última ciudad recogió probado en su sentencia que al demandante le fue reconocida, por resolución de julio de 2012, las prestaciones contributivas de desempleo por un total de 720 días, que acaban en junio de 2014.

En enero de 2013, la Brigada Provincial de Extranjería de la Jefatura Superior de Policía de Murcia remitió a la administración un escrito en el que se informaba sobre salidas o entradas en territorio nacional de ciudadanos extranjeros beneficiarios de las prestaciones por desempleo.

En el mismo figuraba el nombre del apelante, que aparecía con salida el 29 de noviembre de 2012 y entradas los días 30 de junio, uno de octubre y siete de noviembre, todos, del mismo año.

El recurrente señaló que su ausencia de España fue debida a la enfermedad de su esposa.

La sentencia añadía que el demandante no comunicó las salidas, ni solicitó autorización para las mismas, y finalizaba con el rechazo de la demanda que había planteado contra la reclamación de la citada suma por caducidad.

La Sala, al desestimar la apelación, dice que lo hace porque está acreditado que la notificación de la resolución desestimatoria de la reclamación previa se hizo el 15 de julio de 2013, y la demanda se entabló el 11 de julio de 2014, "por lo que había pasado con exceso el plazo de treinta días de caducidad previsto en la ley".

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