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El TSJ retira la gran invalidez a una mujer que necesita un andador para desplazarse

El tribunal considera que, aunque la demandante tiene dificultades de movilidad esto «no implica que requiera de una tercera persona para efectuar actividad física o para vestirse, comer o asearse»

EFE

Miércoles, 6 de julio 2016, 01:20

El Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha estimado el recurso presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y ha revocado la sentencia de un Juzgado que declaró a una trabajadora del sector de la agricultura en situación de gran invalidez derivada de una enfermedad común.

El citado Juzgado declaró probado que la demandante padecía fibromialgia, hernia discal, trastorno depresivo y artrosis, entre otras dolencias, que la obligaban a depender de un andador .

Por ello, el INSS fue condenado a pagarle una pensión mensual equivalente al cien por cien de su base reguladora, además de un complemento. Pero ahora, el TSJ, al estimar el recurso del INSS y revocar la sentencia apelada, dice que «efectivamente, la demandante se desplaza mediante un andador dentro de su domicilio ante la presencia de una severa limitación funcional, pero ello no implica que requiera de una tercera persona para efectuar tal actividad física o para vestirse, comer o asearse».

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