Los seis indicios en los que se basa la instructora

La magistrada del caso detalla las evidencias de una «posible percepción de beneficios económicos presuntamente ilícitos» por parte de personas que participaron en la toma de decisiones en el proyecto

PPLL

Jueves, 23 de junio 2016, 04:06

La magistrada del 'caso Novo Carthago, Miriam Marín García, detalla las evidencias de una "posible percepción de beneficios económicos presuntamente ilícitos" por parte de personas que participaron en la toma de decisiones en el proyecto Novo Carthago. Señala los siguientes puntos:

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1.- "Percepción no justificada de unos 125.000¤ por la imputada María Antonieta en el periodo coincidente con la tramitación de Novo Carthago, ingresado mediante pequeñas imposiciones periódicas por la propia imputada entre marzo de 2003 a junio de 2006 (periodo de tramitación del PORN de 12-6- 2003, de la MP nº 113 y Plan Parcial), y sin que haya ofrecido explicación alguna, negando a su vez la existencia de otra fuente adicional de ingresos más allá de su nómina".

2.- "Según el informe patrimonial realizado por la UDEFBLA al Sr. Francisco Marqués en el seno de las DP 1359/07 del juzgado de instrucción nº 3 de Murcia ('caso Zerrichera'), e incorporado a estas diligencias, de la información obtenida de la OCP del Consejo General del Notariado referente a Hansa Urbana, y del informe nº 10 emitido por el Inspector de la AEAT, consta que el exconsejero Francisco Marqués por contrato privado de 1-06-2005 compró a la empresa Hansa Urbana por la mitad del precio de mercado, una vivienda en Valencia, que se formalizó en escritura pública de 20-6-06 (13 días después de la publicación del Plan Parcial). Se trata de un piso en la planta 11, de 154m2 de superficie construida y 111 útiles, que se adquirió por 215.000¤ (1936¤/m2 útil), cuando el piso 9 se vendió a 3498¤/m2 útil (419838¤ por 120 m2 útiles), por lo que hay un claro trato de favor. El Plan Parcial Novo Carthago se aprobó definitivamente el 23-3-06 y se publicó en el BORM el 7-6-06. En la escritura del préstamo hipotecario se tasan los bienes en 462.088 euros por la mercantil tasadora Valoraciones Mediterráneo SA, existiendo así una diferencia del 200%. Por otro lado, el Sr. Marqués tiene condiciones más favorables porque no realiza más que un 3% de anticipos, a diferencia del resto de compradores en el mismo edificio, y el precio de venta supone pérdidas de 48.875¤ partiendo de que el préstamo al promotor no puede superar el 80% del coste de construcción".

3.-" La constatación de ventas de Hansa Urbana a bajo precio al cuñado del Sr. Valcárcel, Juan Francisco Cruz Alfaro, a través de la empresa Promociones FAROMUR (informe nº 7 del perito de la AEAT). En los años de la recalificación de Novo Carthago, Hansa Urbana vendió, en escritura pública de 12/02/2004, suelo urbanizable para la construcción de 34 viviendas a un precio antieconómico a Faromur S.L., cuyos socios iniciales eran Juan Sánchez Carrillo y José Alberto Meroño Garriga, concretamente a 2524 euros el m2. A los dos meses de recibir los terrenos de Hansa Urbana, el Sr. Cruz Alfaro, hermano de la mujer del Sr. Valcárcel compró el 40% del capital de Faromur a un precio de un euro por acción. Consta que la entidad Faromur Promociones S.L. adquirió de Asicomur S.L. otros terrenos en Torre Guil, en concreto, un solar en la misma urbanización, si bien en este caso el precio satisfecho por la compra asciende a 10559 euros por m2, es decir, un 400% más de lo que se pagó por los terrenos comprados a Hansa Urbana".

4.- "La anómala contratación de la hija del Sr. Valcárcel por el despacho de Abogados Syquej de Sevilla, antes aludida".

5.- "La acreditación del pago de elevadas comisiones, a través de la entidad Priemu Inversiones 2002 SL, al exalcalde de Cartagena Sr. José Antonio Alonso Conesa (1.629.801,21¤) y al exconcejal del Ayuntamiento de Cartagena Juan Martínez García (745.208,48), por su intermediación en la venta a Hansa Urbana de la primera finca de Miramar, siendo llamativo el

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hecho de que la percepción de dichas comisiones ha sido continuada durante varios años, lo que no deja de carecer de sentido, dado que de ser una mera comisión de venta se debe facturar en el momento de la venta y no en años sucesivos, lo que implica una continuidad en la gestión".

6.- "La comprobación de que el entonces Consejero de Obras Públicas, Sr. Bascuñana, no ha reiterado durante más de diez años dinero de sus cuentas bancarias para atender los gastos cotidianos (informe parcial nº 11 del perito de la AEAT)".

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