Amenaza a su expareja con matarla si no le deja ver a su hijo en Aljucer
La Audiencia Provincial desestima el recurso que presentó el acusado, que está condenado como autor de un delito de maltrato en el ámbito familiar y sobre el que cae un año de prisión y una orden de alejamiento de 500 metros de la mujer
efe
Miércoles, 13 de abril 2016, 12:10
La Audiencia Provincial de Murcia desestimó el recurso que un vecino de la pedanía murciana de Aljucer presentó contra la sentencia de un Juzgado de lo Penal que, en julio de 2015, lo condenó por amenazar a su expareja con darle muerte si no le dejaba ver al hijo común.
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El Juzgado de lo Penal declaró probado que los hechos ocurrieron el 14 de julio del mismo año, cuando se acercó a la que había sido su mujer, que se encontraba en un parque, y le dijo "déjame ver al crío o te mato".
"Como la denunciante salió corriendo hacia su domicilio -añadía la sentencia-, el acusado le decía: 'no corras, si sé donde vives, ya te pillaré'".
La sentencia, ahora confirmada por la Audiencia de Murcia, lo condenó, como autor de un delito de maltrato en el ámbito familiar, a la pena de un año de prisión, dictándose también una orden de alejamiento por la que no podrá acercarse a menos de 500 metros de ella.
Igualmente, deberá indemnizar a la víctima con noventa euros por las lesiones que le produjo al forcejear con ella antes de que la misma lograra huir.
La resolución judicial señalaba también, en cuanto a la prueba de descargo consistente en un testigo que es el padre del acusado, que aunque no se puede decir que el mismo faltó a la verdad en el juicio para beneficiar a su hijo, "su testimonio fue vago e insuficiente para acreditar que, efectivamente, aquel día este no se encontraba en Aljucer".
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