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Abel Sáez.
Abel Sáez se perfila como presidente en funciones del TSJ

Abel Sáez se perfila como presidente en funciones del TSJ

El presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo asumirá el cargo, en principio, como magistrado con más antigüedad

Alicia Negre

Miércoles, 6 de abril 2016, 01:17

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El magistrado Abel Sáez Domenech -y no Rubén Jiménez, como se publicó inicialmente por error- se perfila como presidente en funciones del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia, una vez que el Tribunal Supremo ha decidido anular el nombramiento del actual presidente, Miguel Pasqual del Riquelme, por falta de motivación. Previsiblemente, en los próximos días el Alto Tribunal dictará una sentencia en la que explique esa decisión y entonces, según explicaron fuentes judiciales, Del Riquelme cesará en el cargo hasta que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) celebre un nuevo Pleno -el próximo es el 28 de abril-, delibere el asunto y lo fundamente.

Mientras tanto, según dicta la norma, la presidencia de la judicatura murciana debe ser ocupada por el magistrado con más años de antigüedad en el tribunal, que en este caso es Sáez, presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo, y no Jiménez, presidente de la Sala de lo Social del TSJ.

El Supremo anunció el lunes su decisión de anular el nombramiento de Del Riquelme por 18 votos contra 15. De esta manera, estimaba en parte el recurso planteado por Pilar Alonso, magistrada de la Audiencia Provincial que compitió con Del Riquelme, en enero de 2015, por hacerse con la presidencia. El nombramiento finalmente de Del Riquelme estuvo rodeado de cierta polémica después de que un grupo de vocales del Consejo acusaran al órgano de gobierno de los jueces de haberle entregado la presidencia del TSJ murciano pese a estar 1.160 puestos por debajo en el escalafón respecto a Alonso. Esos seis vocales llegaron a subrayar que el Consejo había discriminado a Alonso «por ser mujer» y advirtieron de que la decisión «bordea la arbitrariedad». El aún presidente del TSJ asegura que la resolución del Supremo responde a la «absoluta normalidad del sistema de recursos» y que se debe a una «anulación por defectos».

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