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Confirman su pena de 36 años de cárcel por matar a sus tíos

La defensa de 'El Choche', que estranguló a sus familiares con el cinturón de un batín, pedía una rebaja de la pena por su drogadicción

Alicia Negre

Sábado, 20 de junio 2015, 00:31

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha confirmado la condena de 36 años de prisión a José Miguel Ríos Carrasco por estrangular a sus tíos en diciembre de 2012 en Santiago de la Ribera. El tribunal desestima el recurso presentado por la defensa de este treintañero, conocido como 'El Choche', culpable de dos delitos de asesinato con la atenuante de drogadicción y la agravante de abuso de confianza. José Miguel deberá pagar, además, a sus primos, hijos de las víctimas, una indemnización de 30.000 euros.

En el transcurso del juicio, que se celebró ante un jurado popular, José Miguel reconoció haber acabado con la vida de sus tíos José Antonio y Josefina, octogenarios y uno de ellos impedido, estrangulándolos con el cinturón de un batín. El procesado mantuvo, sin embargo, que actuó en todo momento influenciado por el consumo de drogas. El día del crimen, explicó, había consumido cocaína y heroína y llevaba tres días sin dormir. «Cuando volví en mí», sostuvo, «ya no había vuelta atrás».

Sin embargo, según explica la sentencia, el jurado popular no consideró probado que 'El Choche' cometiera el doble crimen bajo el efecto de las drogas y, por tanto, no le aplicó la eximente de drogadicción que la defensa solicitaba. «No ha entendido acreditado», especifica la resolución, «que el acusado consumiera sustancias el día anterior y el mismo día de los hechos, de tal modo que sus facultades estuviesen total o notablemente mermadas».

La defensa, en su recurso, solicitaba que la muerte de los ancianos fuese considerada homicidio y no asesinato. «La defensa intenta extender el estado de drogadicción en que según su opinión se encontraba el autor, para rebajar el tipo a un simple homicidio», explica el TSJ en su resolución. «En tal caso, debería existir una prueba acreditativa del estado cuasi comatoso en que se encontraba el sujeto». Una prueba que, entiende el tribunal, no existe. El TSJ descarta, por tanto, atenuar la condena fijada por la Audiencia Provincial.

En la vista el acusado sostuvo que, tras acabar con la vida de su tío, decidió matar también a su tía por pánico y pena. Llegó incluso a afirmar ante el jurado que «oí a mi tía decirme gracias mientras la mataba».

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