El entonces párroco de Churra, Francisco Javier Ruiz, en 2008.

La Audiencia reprocha al excura de Churra que denunciase el falso montaje de su vídeo

El tribunal condena al expárroco a costear la minuta del abogado del ciclista que lo grabó, por entender que su acusación fue temeraria

A. NEGRE

Lunes, 13 de abril 2015, 08:20

Al expárroco de Churra, Francisco Javier Ruiz, le va a salir cara la denuncia que presentó en su día por la manipulación -que luego se demostró falsa- de un vídeo de contenido sexual, en el que se le veía practicando sexo oral con otro hombre en un paraje del Coto Cuadros de Murcia. Tras el archivo de los cargos que pesaban sobre el ciclista que recabó las imágenes, el Juzgado de Instrucción número 6 de Murcia decidió condenar al expárroco al pago de las costas derivadas del proceso al entender que el religioso actuó «de mala fe» cuando aseguró que el vídeo había sido manipulado, pese a ser perfectamente consciente de que las imágenes eran reales.

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La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso que Francisco Javier Ruiz presentó contra esta decisión y reprocha nuevamente al excura su decisión de llevar a los tribunales un supuesto montaje del vídeo que sabía era falso. El tribunal recalca, incluso, que esa inveracidad fue «denunciada temerariamente» y confirma la decisión del juzgado de que es el expárroco el que debe correr con las costas del proceso. Ésta incluye, incluso, la minuta del abogado Raúl Pardo-Geijo Ruiz, que defendió al joven que grabó el vídeo.

La Audiencia Provincial tampoco ha dado cancha a la petición que realizó el excura para que el fiscal de Menores actuara ante la difusión del vídeo de contenido sexual. En su recurso, el expárroco señalaba que las imágenes sexuales fueron difundidas a través de internet, «donde tienen acceso niños y menores», causando «un escándalo perjudicial para la protección de los menores». El tribunal remarca, en su resolución, que el Ministerio Público ya se ha opuesto a esta petición y subraya que «no procede sino señalar que la parte puede pedir y obtener el testimonio para el ejercicio de la actuación que estimara procedente realizar».

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