Borrar
TRIBUNALES

Condenado un vecino de Murcia por morder a su esposa al sentir celos tras leer un whatsapp

El hombre modificó su perfil en la red social Facebook «para colgar en él que su estado civil era el de viudo»

EFE , MURCIA

Miércoles, 2 de abril 2014, 20:55

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Un vecino de Murcia que agredió a su esposa, a la que incluso mordió en la mejilla, durante unos incidentes ocurridos al sentir celos tras leer un mensaje por WhatsApp ha sido condenado a diez días de localización permanente y al alejamiento de su mujer por una falta de lesiones.

Así se recoge en una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que desestima los recursos que el fiscal y la acusación particular presentaron contra la condena impuesta por un juzgado de lo penal al considerar que los hechos eran constitutivos de un delito de violencia machista.

El juzgado recogió en sus hechos probados que a raíz del altercado, este hombre modificó su perfil en la red social Facebook "para colgar en él que su estado civil era el de viudo".

La sentencia que ahora se ve confirmada dio por probado que los hechos ocurrieron en la tarde del 17 de septiembre de 2013, cuando el matrimonio se encontraba junto a su hijo, de dos años, en el domicilio familiar.

"Ambos -señala el relato de hechos- mantenían una conversación con unos amigos vía WhatsApp a través del teléfono de ella cuando el marido leyó casualmente los mensajes de un chat anterior de esta, de los que dedujo que mantenía una relación con otro hombre".

Esto motivó una fuerte discusión entre ellos, tras la que el denunciado decidió que el hijo debía quedarse, de momento, en la casa de sus padres, por lo que los tres se trasladaron hasta las inmediaciones de esa vivienda.

Cuando la esposa se dispuso a sacar al niño del vehículo para evitar que el acusado se lo llevara, "ambos forcejearon tratando de cogerlo y el acusado la agarró de las muñecas y le dio un mordisco en las mejillas, lo que dio lugar a la intervención de una tercera persona, que logró separarlos".

La sentencia lo condenó por una falta de lesiones a diez días de localización permanente y a la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de su mujer durante seis meses, pero lo absolvió de un delito de amenazas.

El tribunal ha desestimado los recursos presentados por el fiscal y la acusación particular, que reclamaron que los hechos fuesen declarados constitutivos de un delito de violencia machista y que, en consecuencia, la pena fuese mayor. EFE

1010611

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios