Borrar
Una empleada del hogar, limpiando cristales. Archivo
Las empleadas del hogar y los temporales sin derecho a paro también tendrán un subsidio

Las empleadas del hogar y los temporales sin derecho a paro también tendrán un subsidio

La cuantía para las cuidadoras será el 70% de la base de cotización, mientras que los desempleados sin prestación cobrarán 430 euros

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Martes, 31 de marzo 2020

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

«Para poder pedirle a la gente quedarse en casa, es imprescindible ofrecerles seguridad». Con estas palabras el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, anunciaba que el Ejecutivo había aprobado «nuevas prestaciones para colectivos especialmente vulnerables» que no habían quedado cubiertos en las anteriores medidas. Concretamente, podrán beneficiarse de esta ayuda económica las empleadas del hogar (en femenino, porque ellas son la inmensa mayoría, un 96% del total) y los trabajadores temporales que hayan sido despedidos o cuyo contrato haya finalizado durante el estado de alarma y no tengan derecho a paro.

«Hacen un trabajo importantísimo y muy poco reconocido, limpiando cocinando, cuidando niños o mayores... y no puede ser que otra vez sean las grandes olvidadas». Así se refirió Iglesias a las empleadas del hogar, uno de los colectivos mas vulnerables del mercado laboral porque no tienen derecho a paro. Gracias a esta medida, aquellas que hayan sido despedidas durante el estado de alarma o hayan dejado de prestar servicios en uno o varios domicilios, total o parcialmente, podrán acceder a este subsidio extraordinario. «Es fundamental cuidar mejor a los que cuidan. Eso lo hemos aprendido en esta crisis, porque los trabajos invisible son los más imprescindibles», sostuvo el líder de Unidas Podemos.

La cuantía de esta ayuda es -igual que los otros subsidios aprobados, como el paro para los afectados por un ERTE o para los autónomos- el 70% de la base de cotización de la empleada de hogar. En el caso de que haya visto reducida su jornada laboral, percibirá la parte proporcional a esta reducción. Esta prestación es compatible con la percepción de otros salarios por cuenta propia o ajena si no se supera, en conjunto, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), establecido en 2020 en 950 euros al mes, pero no podrá compatibilizarse con el subsidio por incapacidad temporal o con el permiso retribuido recuperable.

Muchas se quedan fuera

Pero el problema es que muchas de ellas no están dadas de alta en la Seguridad Social, por lo que no tendrían acceso a esta prestación, ya que la economía sumergida tiene un gran protagonismo en este sector. Así, mientras que apenas llegan a las 400.000 las altas en el Sistema Especial del Hogar, el número de trabajadoras supera los 580.000 con datos de la última Encuesta de Población Activa (EPA). Esto significa que más de 186.000 trabajan en B, sin papeles, prácticamente una de cada tres, y, de igual manera, un elevado porcentaje son extranjeras.

Por otro lado, las personas trabajadoras que disfrutasen de un contrato temporal de al menos dos meses de duración que se hubiese extinguido después de la entrada en vigor del estado de alarma y que no contasen con cotizaciones suficientes para acceder a otro tipo de prestación o subsidio podrán acceder a una ayuda del Estado equivalente al 80% del Indicador Múltiple Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que supone unos 430 euros. En este caso es incompatible con la percepción de cualquier renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública, así como con cualquier otro subsidio de desempleo. La duración será de un mes.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios