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Imagen de archivo de la cola en una oficina de empleo del SEPE. Sergio Pérez Reuters

Las ayudas que puedes pedir si ya cobras el subsidio para mayores de 52 años

Siempre que se cumplan las condiciones fijadas por el Servicio Público de Empleo Estatal

Ana de Dios

Lunes, 17 de noviembre 2025, 10:08

El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), dirigida a las personas que han agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo y que, por su edad, tienen mayores dificultades para reincorporarse al mercado laboral. Su objetivo es proporcionar al beneficiario un apoyo económico hasta que consiga un nuevo empleo o alcance la edad de jubilación.

Además, como ocurre con la mayoría de las ayudas, es necesario cumplir una serie de requisitos para poder acceder a ella. El solicitante debe tener al menos 52 años cumplidos, encontrarse en situación legal de desempleo, estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción mientras perciba la ayuda. También debe haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social, de los cuales al menos dos deben estar dentro de los últimos quince, y haber cotizado al desempleo al menos seis años. Asimismo, se exige no superar el límite de rentas establecido.

¿Qué ayudas son compatibles con el subsidio para mayores de 52 años?

Las personas que perciben el subsidio para mayores de 52 años pueden, en determinados casos, acceder a otras ayudas complementarias, siempre respetando las condiciones impuestas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). La norma principal es clara: la suma total de ingresos no puede superar el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Por tanto, antes de solicitar cualquier ayuda adicional, resulta esencial comprobar que los ingresos no exceden dicho límite.

Entre las ayudas compatibles figura el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación no contributiva destinada a personas en situación de vulnerabilidad económica. Puede cobrarse junto con el subsidio, siempre que la suma de ambas no rebase el umbral económico establecido. En este caso, el IMV tiene en cuenta la unidad de convivencia, por lo que los ingresos de las personas con las que se vive también influyen para determinar si se cumplen los requisitos.

Otra ayuda compatible es la Renta Mínima de Inserción (RMI), gestionada por las comunidades autónomas. Aunque sus condiciones varían según la región, por lo general puede cobrarse junto con el subsidio, siempre que no se superen los límites de renta. En algunos territorios, incluso puede servir como complemento para quienes disponen de ingresos muy bajos.

Asimismo, la compatibilidad con el trabajo constituye una de las grandes novedades de los últimos años. Los beneficiarios pueden trabajar a tiempo parcial y seguir cobrando el subsidio, aunque la cuantía se reducirá en proporción a las horas trabajadas. También es posible, en algunos casos, compatibilizarlo con ingresos como autónomo, siempre que no se superen los topes permitidos.

Finalmente, existen ayudas autonómicas, locales y familiares que también pueden solicitarse. Entre ellas destacan los programas de apoyo al alquiler, las prestaciones por dependencia o las ayudas familiares por hijos a cargo.

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