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Multa a España por el retraso en la reforma de la ley hipotecaria

Multa a España por el retraso en la reforma de la ley hipotecaria

El Tribunal de Justicia de la UE demanda 80 millones de euros por no transponer antes una normativa europea que debió adaptar en 2016

Salvador Arroyo

Bruselas

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Jueves, 28 de marzo 2019, 11:47

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La paciencia tiene un límite y cuando este se rebasa, llegan las multas. El retraso que acumula España en la incorporación de varias directivas europeas a sus leyes nacionales va camino de salirle muy caro. Y el primer aviso ya está encima de la mesa. Uno de los abogados generales del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha recomendado este jueves a los magistrados que impongan una sanción de 105.991,60 euros por cada día de demora que arrastra España en la transposición de la legislación comunitaria a los contratos de crédito para la adquisición de bienes inmuebles de uso residencial. Teniendo en cuenta que el incumplimiento viene de lejos, unos tres años, la penalización rondaría los 100 millones de euros.

En opinión del Abogado General, que por lo general marca el sentido de las resoluciones de la Curia, España debería hacer frente a «una multa coercitiva diaria» desde el día 1 del incumplimiento hasta que hacer efectiva la trasposición. Evgeni Tanchev, el letrado encargado del caso, atiende de este modo la denuncia interpuesta por la Comisión Europea, y lo hace en todos sus términos, incluso en la cifra sugerida, recordando además que España ha reconocido que no ha hecho sus deberes con los contratos de créditos hipotecario.

Pero tampoco en relación con otras tres directivas comunitarias, de las 21 en las que ya está fuera de plazo, que también han sido denunciadas por el Ejecutivo comunitario ante el alto tribunal de Luxemburgo. En concreto, y tal y como reconoció el propio Gobierno en una respuesta parlamentaria, se refieren a las cuentas de pago básicas, adjudicación de contratos de concesión y las norma de contratación por entidades que operan en los sectores de agua, energía, transportes y servicios postales.

En su descargo Madrid ha argumentado que necesitaba consultar a todos los sectores implicados, pedir información complementaria a distintas instituciones, pero también se ha referido a «la complejidad de la materia, la sensibilidad política y social, los intereses económicos«, y el tiempo »considerable« en que el Gobierno estuvo en funciones desde 2016.

Argumentos que no son atendidos por el Abogado General. En su recomendación realiza además un análisis más general del significado de los incumplimientos por parte de los Estados miembros y abre el camino a una lluvia de sanciones. Así habla de que la transposición es una obligación «sustantiva» lo que le lleva a determinar que no cumplir con ella o hacerlo de manera incompleta o incorrecta ya debería ser objeto de castigo. Sostiene, incluso, que el Tribunal de Justicia de la UE, de acuerdo con lo estipulado en el Tratado de Lisboa, podría «imponer el pago de una suma a tanto alzado, así como una multa coercitiva, o una sanción pecuniaria que no haya propuesto la Comisión».

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