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'Blade Runner' y las placentas vegetales

'Blade Runner' y las placentas vegetales

Hace unos días, en un supermercado, también yo vi cosas que ustedes no creerían; no entiendo cómo en 2013 se publicó un muy buen reglamento que vela por la correcta publicidad de cremas y champús

JOSÉ MANUEL LÓPEZ NICOLÁS

Lunes, 4 de febrero 2019, 22:46

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En el monólogo final de la película 'Blade Runner' (1982), dirigida por Ridley Scott, el replicante Roy Batty dice textualmente: «Yo... he visto cosas que vosotros no creeríais. Atacar naves en llamas más allá de Orión. He visto rayos-C brillar en la oscuridad cerca de la Puerta de Tannhäuser. Todos esos momentos se perderán... en el tiempo... como lágrimas en la lluvia. Es hora de morir». Pues bien, en el sector de la cosmética un servidor creía que lo había visto todo. Cremas que prometen reparar nuestro ADN, serums que dicen estimular proteínas de la juventud, ungüentos que aseguran modificar genes, etc. Pues bien, hace unos días en una gran superficie comercial yo, al igual que Roy Batty, también vi cosas que ustedes no creerían. Se trata de un «champú con placenta vegetal que promete favorecer el crecimiento del cabello». Lo que han leído.

Aunque piensen que el término placenta vegetal no es correcto, sí lo es. Las angiospermas (comúnmente llamadas plantas con flores) son las plantas con semilla cuyas flores tienen verticilos o espirales ordenados de sépalos, pétalos, estambres y carpelos. Estos últimos forman la parte reproductiva femenina de la flor de las angiospermas ya que encierran a los óvulos y reciben el polen en su superficie estigmática, en lugar de recibirlo directamente en el óvulo como las gimnospermas (plantas vasculares con semillas pero sin flores). El tejido de la cara interna del carpelo sobre el cual se forman los óvulos recibe el nombre de placenta. Así que la placenta vegetal, en contra de lo que piensa mucha gente, sí existe.

Cada carpelo tiene dos placentas, generalmente ubicadas sobre los márgenes. En algunos casos pueden ser voluminosas. Con el término placentación se conoce a la disposición de placentas y óvulos en la cavidad ovárica. Los tipos de placentación son: marginal, parietal, axilar, axilar con placentas intrusivas, central, basal, apical y laminar (parietal difusa).

Pero si nos acogemos a la definición que les he dado de placenta vegetal, dudo de su presencia en el champú protagonista de este artículo. Me cuesta imaginar a un ejército de botánicos extirpando con pinzas una a una las placentas florales para luego adicionarlas al champú. El secreto se desvela cuando en la etiqueta observamos que la empresa llama «placenta vegetal» a un simple extracto de proteína de maíz hidrolizada, ingrediente que también aparece en decenas de champús que no se anuncian con «placenta vegetal». Además, la publicidad de este curioso producto asegura que «actúa nutriendo la circulación sanguínea del cuero cabelludo y facilitando por tanto el crecimiento y el nacimiento del cabello». La afirmación queda muy chula pero... ¿dónde están las pruebas?

Para analizar la funcionalidad de este champú acudí a su web. En ella definen la placenta vegetal como 'Zea mays kernel extract', un extracto de la mazorcas del maíz (Zea mays L., Poaceae). Sin embargo, y según la legislación vigente, este ingrediente pertenece a la categoría de los agentes denominados 'Bulking binding', compuestos que únicamente proporcionan volumen al pelo... pero que no ayudan a que nazca o crezca. Nadie ha demostrado a día de hoy que la presencia en el champú de algún tipo de placenta sirva para nutrir la circulación sanguínea del cuero cabelludo. Tampoco hay estudios válidos, fiables y reproducibles de que ningún tipo de placenta facilite el crecimiento y el nacimiento del cabello.

¿Y qué dice la legislación vigente al respecto? El 10 de julio de 2013 se aprobó el Reglamento (UE) 655/2013 por el que se establecen los criterios comunes a los que deben responder las reivindicaciones relativas a los productos cosméticos. En dicho reglamento los legisladores establecieron 18 criterios comunes que deben cumplir los cosméticos y que fueron divididos en 6 categorías: cumplimiento de la legislación; veracidad; datos que sustentan la reivindicación; honradez; imparcialidad y toma de decisiones con conocimiento de causa.

En dicho reglamento se lee el siguiente texto: «Las reivindicaciones de productos cosméticos, explícitas o implícitas, tienen que sustentarse con elementos de prueba apropiados y verificables, cualquiera que sea su tipo, incluidas, en su caso, evaluaciones de expertos. Si se utiliza un estudio como prueba, este debe ser pertinente para el producto y el beneficio que se reivindica, debe basarse en metodologías bien diseñadas y ejecutadas correctamente (válidas, fiables y reproducibles) y debe respetar las consideraciones éticas. La evaluación de la aceptabilidad de una reivindicación debe basarse en la ponderación de las pruebas aportadas en el conjunto de estudios, datos e informaciones disponibles, según la naturaleza de la reivindicación y los conocimientos generales de los usuarios finales».

Y si le reglamentación vigente obliga a aportar pruebas que justifiquen las propiedades que se le atribuyen a un producto antes de publicitarlas... ¿por qué por la presencia de extracto de maíz en un champú puede decir que ayuda a que el pelo nazca y crezca? Por la inexplicable ausencia de un organismo internacional que vigile la efectividad de los productos cosméticos. No entiendo cómo en 2013 se publicó un muy buen reglamento que vela por la correcta publicidad de serums, cremas, champús, etc. pero que pasados seis años de su puesta en marcha aún no se haya constituido un organismo que garantice su cumplimento. Así nos luce el pelo... nunca mejor dicho.

Antes de terminar me gustaría comentarles algo que considero importante. En las empresas de productos cosméticos trabajan muchos investigadores que hacen un papel muy digno. Ellos aseguran la seguridad de los productos y muchísimas de sus propiedades. Sin embargo, su labor queda empañada cuando los departamentos de marketing consiguen, con el beneplácito de los máximos responsables de la empresa, que el producto prometa propiedades que no son ciertas... y esto es inadmisible. Al consumidor no nos interesan las luchas internas entre los departamentos de una empresa, sino que el producto por el que hemos pagado un precio muy alto cumpla aquello que promete. No queremos ser como el protagonista de 'Blade Runner'. Lo único que pretendemos es creer lo que vemos.

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