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Aviso a navegantes: hacer esto a tu pareja es motivo de divorcio

Aviso a navegantes: hacer esto a tu pareja es motivo de divorcio

Los jueces italianos reconocen el derecho a pensión de una mujer que justificó su divorcio porque había sorprendido a su marido visitando una web de contactos

DARÍO MENOR

Martes, 24 de abril 2018, 10:39

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Para el Tribunal Supremo de Italia no hay diferencia desde el punto de vista legal entre una infidelidad cometida y la búsqueda de la misma a través de una página web de contactos amorosos. Lo han establecido los magistrados de la Alta Corte en una sentencia que da la razón a una señora que abandonó la vivienda conyugal al descubrir a su marido navegando por internet en busca de citas con otras mujeres. El hombre pedía que le liberaran de pagar los 600 euros mensuales de pensión de divorcio a los que le había condenado el Tribunal de Apelación de Bolonia, aduciendo que había sido su esposa la que se había marchado de casa y, en consecuencia, a él no le correspondía responsabilidad alguna. El Supremo considera que la culpa de la ruptura del matrimonio la tiene en cambio el hombre por haber incurrido en un comportamiento «objetivamente idóneo para comprometer la confianza entre los cónyuges». La llamativa sentencia de la Alta Corte saltó el pasado lunes a los medios italianos, que no informaron de los nombres de los miembros de la pareja rota.

Para tratar de librarse del pago de la pensión a la que ya es su exesposa, el hombre adujo que ella, diez años menor que él, cuenta con recursos suficientes para vivir. Explicó que desarrolla un trabajo sin contrato, lo que la mujer reconoció, posee un automóvil de gran cilindrada y diversas propiedades inmobiliarias, entre ellas, un edificio al completo a su nombre. Tampoco surtieron efecto sus intentos para quitar hierro al asunto y «minimizar su conducta», pues como explicó, no se había consumado ninguna infidelidad. Igual resultado tuvo cuando recordó que el matrimonio había sido muy breve. Llevaban menos de un año casados en el momento en que la mujer descubrió a su marido navegando en una página web de contactos y estalló la crisis que acabó provocando la ruptura entre los cónyuges. Todas sus tentativas resultaron inadmisibles para los magistrados: a este jubilado, que recibe una pensión de unos 3.000 euros al mes, le tocará ahora rascarse el bolsillo y entregarle a su 'ex' una quinta parte de esa cantidad cada treinta días para contribuir a su mantenimiento.

Solo una excepión

No es la primera vez que un juez italiano falla una sentencia en este sentido ante circunstancias similares. La irrupción de internet y la proliferación de páginas web y aplicaciones de contactos amorosos para los teléfonos móviles ha producido ya una amplia jurisprudencia en la que los tribunales tienden a equiparar siempre las infidelidades reales con las virtuales. Cuando se va más allá de la simple amistad y se establece una relación sentimental en la que está presente el deseo carnal, para los magistrados no hay diferencias entre que la situación se produzca en un bar o a través del espacio virtual. Cuernos son tanto unos como otros. Sostienen que se ha producido una violación de la obligación a la fidelidad que implica el matrimonio y, por tanto, al que la ha cometido le toca asumir las culpas y pagar la compensación correspondiente al cónyuge perjudicado.

Sólo contempla la ley italiana una excepción para estos casos. Viene cuando la parte que se ha dedicado a buscar nuevas compañías amorosas a través de las redes de internet consigue demostrar que su comportamiento no es la verdadera causa de la ruptura del matrimonio, sino consecuencia de problemas anteriores que ya habían dinamitado la convivencia entre el marido y la mujer. En el resto de supuestos, los magistrados tienen claro que no hay diferencias entre el mundo real y el virtual.

Pecar de pensamiento

  • «Incurrió en una conducta idónea para comprometer la confianza entre los cónyuges» La jurisprudencia del país tiende a equiparar las infidelidades reales con las virtuales

  • En Italia son todavía mayoría los matrimonios católicos frente a los civiles

Los togados italianos parecen considerar que en ambos espacios rige el principio de la oración que se repite en la celebración de la misa: «Yo confieso ante Dios Todopoderoso, y ante vosotros hermanos, que he pecado mucho de pensamiento, palabra, obra y omisión». No es de extrañar en un país donde la Iglesia sigue teniendo una amplia presencia social y en el que son todavía mayoría los matrimonios celebrados según el rito católico frente a los civiles. Se ofician en parroquias alrededor del 56%, siete puntos menos que hace ocho años.

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