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Puigdemont admite «desórdenes públicos» en el 'procés' pero nunca «violencia»

Puigdemont admite «desórdenes públicos» en el 'procés' pero nunca «violencia»

El expresidente catalán detenido recurre el auto de procesamiento del juez Llarena, al que acusa de parcialidad

Mateo Balín

Madrid

Lunes, 2 de abril 2018, 17:57

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La defensa del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, que se encuentra bajo arresto provisional en una cárcel alemana a la espera de que se tramite su entrega a España, ha recurrido en reforma el auto de procesamiento dictado el pasado 23 de marzo por el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena.

El abogado Jaume Alonso-Cuevillas, que hace extensible el recurso a sus clientes Clara Ponsatí y Lluis Puig, exconsejeros del Govern procesados también en rebeldía, ha reclamado a Llarena la estimación de su escrito y en consecuencia el archivo de la causa o, en su defecto, la nulidad de todas las actuaciones.

Para ello ha invocado varias razones: la falta de competencia objetiva del Tribunal Supremo para instruir el sumario, que debería de haber sido visto por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña al producirse los hechos en esa comunidad; la indefensión al no haberse permitido la personación de Puigdemont, Puig y Ponsatí hasta su procesamiento; y la falta de relevancia penal de los hechos enjuiciados y de los delitos imputados: rebelión, malversación de caudales públicos y desobediencia.

Sobre el primer motivo, el letrado ha adelantado en su recurso, al que ha tenido acceso este periódico, que planteará una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Ha justificado la violación del derecho de defensa por privarse de asistencia letrada en la causa a los procesados en rebeldía mientras no se pusieran a disposición del Supremo, o comparecieran de forma personal ante el juez instructor. «Una decisión ilógica e incoherente», señala el escrito con fecha de miércoles 28 de marzo.

Un proceso admisible

Del mismo modo, ha criticado que la Fiscalía ha forzado el relato en su querella inicial y ha rechazado la asunción del delito de rebelión, que conlleva penas de entre 15 y 25 años de cárcel. «El auto de procesamiento justifica la existencia de una violencia que, por suerte, es y ha sido inexistente en el reciente proceso político catalán», ha afirmado Jaume Alonso-Cuevillas, quien ha defendido que el 'procés' «es plenamente admisible en el marco constitucional español siempre que no sea mediante el uso de la violencia».

«Y por violencia –concluye el abogado- no cabe entender las manifestaciones de protesta, por numerosas que sean, ni las actuaciones reprobables y aisladas de quienes causas daños en el marco de las referidas manifestaciones, que a lo sumo podrán ser acusados del tipo penal de desórdenes públicos a quienes en esta conducta incurrieran».

También ha rechazado la existencia del delito de malversación porque no hay un solo dato que confirme el uso espurio de dinero público en el referéndum del 1 de octubre pasado, más si cabe cuando las finanzas de la Generalitat fueron intervenidas por el Gobierno central en verano de 2017. Por último, acusa al juez Llarena de situarse durante la instrucción en la posición de víctima del delito, como integrante del conjunto de los ciudadanos españoles e infringiendo la garantía de imparcialidad.

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