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Anulan la condena a un hombre porque no se enteró de la demanda al estar en la cárcel

Debía devolver 11.150 euros de un préstamo a un banco además de pagar los intereses de demora al 12% desde el día de la presentación de la demanda hasta su completo pago

Efe

Miércoles, 29 de marzo 2017, 11:10

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La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia que condenó a un hombre a devolver 11.150 euros de un préstamo a un banco porque el mismo no tuvo conocimiento de la demanda por estar en aquellos momentos en prisión.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que el Juzgado de Primera Instancia de Murcia, en su resolución de noviembre de 2013, estimó la demanda presentada por una sociedad financiera del Banco Santander y condenó al demandado al pago de la citada suma.

Además lo condenó a pagar intereses de demora al 12% desde el día de la presentación de la demanda hasta su completo pago.

En su recurso, el afectado alegó que no había tenido conocimiento de la reclamación presentada contra él por encontrarse en prisión y que solo supo de la existencia del procedimiento cuando le fue notificada la sentencia, ya en mayo de 2015.

Así mismo expuso que había sufrido indefensión, ya que la publicación de edictos no constituía elemento suficiente para tratar de justificar la notificación de la demanda planteada contra él, por lo que reclamó a la sala que ordenara que el procedimiento se retrotrayera al momento de presentación de la demanda.

El tribunal de la Audiencia, con ponencia de la magistrada Pilar Alonso, ha estimado el recurso y ha declarado, tras anular el proceso, que el Juzgado de Primera Instancia deberá notificar al apelante, en la forma prevista por la ley, el auto de noviembre de 2010 por el que se admitió la demanda.

A partir de ahí -añade el tribunal-, el juez deberá seguir los trámites correspondientes, para concluir en la sentencia que corresponda.

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