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El Gobierno aprueba mañana la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

El Gobierno aprueba mañana la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Entre las novedades destaca la limitación de los plazos de las investigaciones y la regulación de las intervenciones telefónicas

Mateo Balín

Jueves, 4 de diciembre 2014, 14:23

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El Gobierno tiene previsto llevar mañana al Consejo de Ministros el anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el marco jurídico que regula el proceso penal en España.

Las novedades de esta reforma son las medidas de agilización procesal con las que se quieren reducir los plazos de instrucción de las causas penales, seis meses para los procedimientos comunes y hasta 18 meses prorrogables para los casos complejos, como son grupos criminales y terrorismo.

La norma regula en un capítulo propio la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas, una cuestión que con los avances de las tecnologías ya había quedado obsoleta en la ley y que ha tenido que ir regulando el Tribunal Supremo a golpe de jurisprudencia.

Una de las claves de la reforma, tal y como ha adelantado ABC, es la posibilidad de ir juzgando un procedimiento por piezas sin necesidad de que el principio de conexidad opere de forma tan rígida como ahora y que lleva a situaciones como la de la juez Alaya en Sevilla, cuyo proceso sobre los expedientes de regulación de empleo fraudulentos supera los 200 imputados.

En cuanto a la intervención de las comunicaciones, que se aplica para los delitos castigados con más de tres años de cárcel, se añaden tres supuestos más: que se esté en presencia de delitos cometidos en el seno de un grupo u organización criminal; que se esté ante delitos de terrorismo, y que se trate de delitos cometidos por medio de instrumentos informáticos o de cualquier otra tecnología de la información o la telecomunicación.

La reforma establece un plazo de tres meses como duración máxima inicial de la intervención, plazo que es susceptible de ampliación y prórroga hasta un máximo temporal de dos años, siempre que subsistan las causas que motivaron aquélla. "Se busca así un equilibrio entre la necesidad de valerse de estas diligencias para la investigación de los delitos más graves para la sociedad y la importancia de definir unos límites cronológicos que no prolonguen de forma innecesaria la interferencia de los poderes públicos en la privacidad de los ciudadanos".

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