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Las claves de la reforma del aborto

El anteproyecto borra la anterior norma y pone el acento en los menores, los supuestos, la información y la objeción de conciencia

Daniel Roldán

Martes, 16 de septiembre 2014, 09:54

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El anteproyecto de ley sobre el aborto borra la anterior norma y pone el acento en los menores, los supuestos, la información y la objeción de conciencia.

Dos supuestos. Violación y problemas físicos y psíquicos son las dos únicas vías para poder abortar. En el primer caso será necesario presentar una denuncia en las primeras 12 semanas de gestación. En el segundo, dos médicos deberán certificar los riesgos para la madre.

Malformaciones. El supuesto eliminado del anteproyecto. Solo se contemplan, dentro del de la madre, las anomalías incompatibles con la vida. También será necesario dos informes: uno que determine la afección de la mujer y otro sobre el estado del nasceratus.

La interrupción del embarazo en el Viejo Continente

  • En Europa solo hay cuatro países que regulan el aborto con una normativa taxativa de supuestos Polonia, Chipre, Reino Unido y Finlandia. Todos ellos admiten «la malformación fetal» como motivo justificado para la interrupción voluntaria del embarazo, sin necesidad de alegar el daño psicológico de la madre. Otra segunda razón que dan por válida es el «riesgo para la salud de la madre». La legislación más restrictiva es la polaca, que solo añade -como tercera hipótesis- la violación. Una hipótesis no incluida en la ley de Reino Unido.

  • El caso de Chipre es bastante singular porque -si bien cuenta con un modelo de supuestos- resulta que no contempla ningún límite temporal. Es decir, se podría abortar en el séptimo mes si concurre «un perjuicio social para la madre o la familia». Otra paradoja se da en Irlanda, donde se regula el supuesto de riesgo de vida de la madre, pero en la práctica las interrupciones del embarazo son casi inexistentes, por las condiciones durísimas que se exigen.

  • Fuera de los cinco países mencionados, en Europa se impone el sistema de plazos, que autoriza el aborto libre dentro de un lapso limitado. Holanda tiene la regulación más permisiva, al defender la interrupción voluntaria del embarazo dentro de los primeros seis meses; Italia, por contra, no la autoriza más allá de los 90 días. Cuatro legislaciones rechazan la malformación fetal como razón para abortar más allá del periodo fijado las de San Marino, Mónaco, Liechtenstein y Andorra. El único Estado que prohíbe el aborto en Europa es Malta (aparte del Vaticano).

Información. Todas las embarazadas recibirán un asesoramiento personalizado e información clínica sobre las prestaciones a las que pueden acceder. El personal de servicios sociales detallará las alternativas a la interrupción voluntaria del embarazo como la guarda administrativa, el acogimiento o el embarazo. Esta información, que se da en un sobre, también será verbal. «¿Y cómo sabemos que leen el sobre?», apuntaron fuentes del Ministerio de Justicia para justificar esta iniciativa.

Menores. Las menores siempre deberán tener el respaldo de los dos progenitores. Ahora los padres tendrán que ratificar el consentimiento dado por la joven. En caso de que un padre no lo dé, deberá argumentar ante un tribunal los motivos de su decisión.

Sistema penal. Fue una de las pocas claves que el ministro de Justicia desveló en los meses previos. Alberto Ruiz-Gallardón comentó que la mujer no tendría ninguna causa penal si abortaba fuera de los supuestos porque es «una víctima». Así lo recoge el anteproyecto, que mantiene las mismas penas para los médicos que hagan interrupciones del embarazo ilegales.

Objeción de conciencia. Puede acogerse cualquier profesional sanitario que participe en los supuestos despenalizados. El profesional deberá comunicar por escrito al director del centro que objeta dentro de los cinco días siguientes a empezar a trabajar en él.

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