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Declaran nulo un 'swap' que un banco firmó con una profesora de autoescuela

La Audiencia Provincial considera que la afectada no tiene conocimientos suficientes para comprender el alcance de este producto financiero

Alicia Negre

Lunes, 2 de febrero 2015, 00:28

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La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial confirmó una sentencia de un juzgado de Instancia que declaraba nulo el contrato de permuta financiera -'swap'- suscrito entre Banco Popular y una profesora de autoescuela de Yecla. El tribunal obliga a la entidad bancaria a devolver a su cliente los 7.679 euros que ésta perdió en concepto de liquidaciones negativas. La Audiencia entiende que la afectada, con estudios de Bachillerato, no tiene conocimientos suficientes para entender el alcance de este producto financiero.

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Yecla dictó en marzo del pasado año una sentencia declarando la nulidad del contrato y obligando a la entidad a la devolución del citado importe. El banco decidió, no obstante, recurrir la resolución alegando que el contrato era claro, breve y sencillo y que la cliente poseía formación y conocimiento suficiente para la perfecta comprensión del contrato.

La Audiencia Provincial ha entendido, sin embargo, tal y como ya hizo el juzgado, que «es razonable sostener que el contrato suscrito es de difícil comprensión para una persona del perfil de la actora, con estudios de Bachillerato y regentando una autoescuela, sin que se pueda presumir que tenga conocimientos y experiencia suficiente para conocer el alcance y riesgo de la operación suscrita». Con este razonamiento, el tribunal declara la nulidad del contrato de permuta financiera y condena a la entidad bancaria a devolver esos 7.679 euros a su cliente y al pago de las costas derivadas de este recurso.

La defensa de la afectada corrió a cargo de la letrada Magdalena Rico Palao, quien mostró su satisfacción por el fallo, además de recalcar que «la venta de este producto fue opaca y con falta de transparencia».

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