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REGIÓN MURCIA

Anulan la pena por alcohol a un conductor porque «su deambular no era vacilante»

«Aquí siempre se ha bebido y se seguirá bebiendo», le dijo a los policías de Lorca que lo interceptaron, y se negó a someterse a la prueba

EFE

Jueves, 22 de agosto 2013, 10:43

La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la sentencia de un Juzgado de lo Penal de Lorca que condenó a un hombre por un delito contra la seguridad vial, al considerar que no se ha demostrado que condujera bajo la influencia de bebidas alcohólicas y porque «su deambular no era vacilante».

La sentencia indica que el Juzgado de Lorca declaró probado que los hechos ocurrieron en Puerto Lumbreras el 11 de noviembre de 2010, cuando el acusado fue sorprendido conduciendo ebrio. Y añadía que cuando los policías locales que le habían dado el alto le intentaron someter al control de alcoholemia, se negó a ello argumentando que «aquí siempre se ha bebido y se seguirá bebiendo», tras lo cual «inició rápidamente la marcha con su vehículo».

El juez lo condenó por un delito contra la seguridad vial por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas a seis meses de multa, con una cuota diaria de seis euros, y a la privación del permiso de conducir durante un año y un día. También fue acusado de un delito contra la seguridad vial por su negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia, y condenado a seis meses de prisión.

La Audiencia Provincial ha mantenido la condena impuesta por este segundo delito, pero ha anulado la fijada para el primero. La Sala afirma que «los signos externos inicialmente apreciados por los agentes en el acusado, cuando éste bajó la ventanilla del vehículo, son insuficientes». Y añade que cuando los agentes tuvieron la oportunidad de observarlo fuera del coche para ver en qué estado se encontraba, «advirtieron que su deambulación no era vacilante, sino normal».

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